Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº546/2025

Decreto Nº 546/2025

Benito Juarez, 09/04/2025

Visto

lo actuado en el Expte. Letra “G” Nº 52/2025, en el cual el Director General Administrativo de la Secretaría de Gobierno (fojas 2) solicita a la Dirección General de Recursos Humanos que informe la cantidad de agentes  que conforman actualmente la planta Municipal, a los efectos de realizar los trámites administrativos para la contratación de la aseguradora de riesgos de trabajo (ART) y enfermedades profesionales para el personal municipal;

QUE a fs. 3 y 4 obra informe de la Dirección General de Recursos Humanos, mientras que a fs. 5 y 6 el Director de Presupuesto informa la masa salarial correspondiente al mes de Marzo del corriente año;

QUE de fojas 8 a 24 precedentes el Jefe de Compras adjunta el correspondiente Pliego de Bases y Condiciones;

QUE a fojas 24 la Contadora Municipal informa que el Pliego de Bases y Condiciones cumple con los requisitos enunciados en la L.O.M. y en el Reglamento de Contabilidad,

QUE a fs. 25 obra nota del Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de  Hacienda, prestando conformidad con lo actuado, mientras que a fs. 25 vta. el Jefe de compras informa número de Licitación Pública,  hora, fecha y lugar de apertura;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1º.-Llámese a LICITACIÓN PUBLICA Nº 5/2025 para la contratación de la aseguradora de riesgos de trabajo (ART) y enfermedades profesionales para el personal municipal.

Artículo 2º.-El presupuesto oficial asciende a la suma de pesos ciento sesenta millones seiscientos ocho mil cuatrocientos setenta y siete ($ 160.608.477,00).

Artículo 3º.-La apertura de propuesta se realizará el día 8 de Mayo del 2025 a las  11 horas en la Oficina Compras de la Municipalidad de Benito Juárez sita en Mitre Nº 42.

Artículo 4º.- Publíquese por dos días en los siguientes medios:

  • Diario “El Fénix” Benito Juárez
  • Boletín Oficial de La Provincia de Buenos Aires

Artículo 5º.- Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 6º.-Comuníquese, dése al R.O. de Decretos y Resoluciones, tome nota  Compras, Jefatura de Gabinete, Secretarías de Gobierno, Contaduría, Dirección de Presupuesto y Auditoría, cumplido, archívese.

SECRETARIO DE GOBIERNO                                           

ING. SERGIO J. ACOSTA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 546. -