Boletines/Mercedes
Resolución Nº 82/2025
Mercedes, 31/03/2025
Visto
Lo solicitado en Expediente Administrativo municipal N° EX2025-00016975, caratulado respectivamente como: “TORRES GISELA- BONDANZA JULIANA S/ PERMISO DE EVENTO DÍA 09/03/2025-10/03/2025”, ello en relación al evento que se desarrollara en las instalaciones del predio “EL PRADO”, ubicado en Ruta Nacional N°5, N° 3331 de localidad de Mercedes, Provincia de Buenos Aires;
Considerando
Que, por intermedio del expediente referenciado, las Sras. Torres Gisela y Bondanza Juliana, en representación de los alumnos menores de edad, han solicitado a la Oficina Municipal de Habilitaciones el respectivo permiso para llevar a cabo un evento de carácter festivo entre los alumnos y alumnas de 6to año del Colegio Nacional;
Que se encuentran acompañadas las exigencias requeridas por esta administración pata tal efecto, como lo son el certificado de cobertura de responsabilidad civil, nómina del personal de seguridad y constancia de contratación de servicio de emergencias médicas;
Que horas antes del inicio del evento, el personal de la Dirección de Protección Civil recorrerá las instalaciones y labrará un informe que determinará que se encuentran cumplidas la totalidad de las exigencias requeridas para garantizar la integridad de los y las concurrentes;
Que, en observancia de Ordenanza Municipal N° 5859/2004, se hace mención que se encuentran cumplidas las exigencias establecidas;
Por ello, LA SEÑORA SECRETARIA DE GOBIERNO, en uso de sus facultades legales que le son propias,
RESUELVE:
ARTICULO 1°: Autorizar a las Sras. TORRES GISELAyBONDANZA JULIANAen representación de los padres de las y los alumnos del 6° año del COLEGIO NACIONAL, según presentación en expediente de referencia,a realizar el evento a desarrollarse en las instalaciones ubicadas en Ruta Nac N°5, N° 3331 (EL PRADO), el día 10 de MARZO de 2025,desde las 00:00hs.hasta las 05:00hs.-
ARTICULO 2°:La autorización conferida en el Artículo 1° se encuentra sujeta al informe de la Dirección de protección civil que se realice el día del evento. Hágase saber a las Sras. TORRES GISELA y BONDANZA JULIANA en representación delas y los padres de los alumnos del 6° año del COLEGIO NACIONAL, que corre bajo su responsabilidad cualquier tipo de vicio y/o riesgos frente a terceros sobre cualquier circunstancia que altere, antes o durante el evento los extremos que fueron oportunamente acordados y/o aprobados por autoridades competentes. -
ARTICULO 3°: Se deberá dar cumplimiento a lo dictaminado en el Art. 12 cap. V de la Ordenanza Municipal N° 5859/04 (Horario de cierre); Ley Provincial N° 11.825 y Ley Provincial N° 14.050 art. 19 expendio de bebidas alcohólicas en la modalidad canilla/ Barra libre. -
ARTICULO 4°:. Deberá cumplir con lo enunciado en la Ordenanza N° 7204/2012, sobre ruidos molestos, donde los mismos no podrán exceder los límites de su parcela. -
ARTICULO 5°: El permiso mencionado en el articulado 1° tendrá el carácter de personal e intransferible. -
ARTICULO 6°: Notifíquese. Regístrese. Cumplido, archívese.-