Boletines/Mercedes

Resolución Nº76/2025

Resolución Nº 76/2025

Mercedes, 07/03/2025

Visto

Lo solicitado en Expediente Administrativo municipal N° EX2025-00015009, caratulado respectivamente como: “GARCIA LEONILDA SUSANA s/ PERMISO DE EVENTO DÍA 09/03/2025-10/03/2025”, ello en relación al evento que se desarrollara en las instalaciones del predio “LIGA DE PADRES DE FAMILIA Y ATENEO DE LA JUVENTUD”, ubicado en calles 114 y 5 de localidad de Mercedes, Provincia de Buenos Aires.

Considerando

Que, por intermedio del expediente referenciado, la Sra. García Leonilda Susana, en representación de los alumnos menores de edad, ha solicitado a la Oficina Municipal de Habilitaciones el respectivo permiso para llevar a cabo un evento de carácter festivo entre los alumnos y alumnas de 6to año del Colegio Parroquial;

Que se encuentran acompañadas las exigencias requeridas por esta administración pata tal efecto, como lo son el certificado de cobertura de responsabilidad civil, nómina del personal de seguridad y constancia de contratación de servicio de emergencias médicas;

Que horas antes del inicio del evento, el personal de la Dirección de Protección Civil recorrerá las instalaciones y labrará un informe que determinará que se encuentran cumplidas la totalidad de las exigencias requeridas para garantizar la integridad de los y las concurrentes;

Que, en observancia de Ordenanza Municipal N° 5859/2004, se hace mención que se encuentran cumplidas las exigencias establecidas;

Por ello, LA SEÑORA SECRETARIA DE GOBIERNO, en uso de sus facultades legales que le son propias,

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Autorizar a la Sra. GARCIA LEONILDA SUSANA en representación de las y los padres de las y los alumnos del 6° año del COLEGIO PARROQUIAL,según presentación en expediente de referencia,a realizar el evento a desarrollarse en las instalaciones ubicadas en calle 114 y 5 (LIGA DE PADRES DE FAMILIA Y ATENEO DE LA JUVENTUD), el día 10 de MARZO desde las 00:00hs hasta las 05:00hs.-

ARTICULO 2°:La autorización conferida en el Artículo 1° se encuentra sujeta al informe de la Dirección de protección civil que se realice el día del evento. Hágase sabera la Sra. GARCIA LEONILDA SUSANA en representación de los padres de los alumnos del 6° año

 

del COLEGIO PARROQUIAL, que corre bajo su responsabilidad cualquier tipo de vicio y/o riesgos frente a terceros sobre cualquier circunstancia que altere, antes o durante el evento los extremos que fueron oportunamente acordados y/o aprobados por autoridades competentes. -

ARTICULO 3°: Se deberá dar cumplimiento a lo dictaminado en el Art. 12 cap. V de la Ordenanza Municipal N° 5859/04 (Horario de cierre); Ley Provincial N° 11.825 y Ley Provincial N° 14.050 art. 19 expendio de bebidas alcohólicas en la modalidad canilla/ Barra libre. -

ARTICULO 4°:. Deberá cumplir con lo enunciado en la Ordenanza N° 7204/2012, sobre ruidos molestos, donde los mismos no podrán exceder los límites de su parcela. -

ARTICULO 5°: El permiso mencionado en el articulado 1° tendrá el carácter de personal e intransferible. -

ARTICULO 6°: Notifíquese. Regístrese. Cumplido, archívese.-