Boletines/Mercedes
Decreto Nº 469/2025
Mercedes, 17/03/2025
Visto
El Expediente Administrativo EX-2025-00018777-MERCEDES-COSP#SOSP, y la necesidad de fortalecer el acceso a una vivienda digna en el Partido de Mercedes, y
Considerando
Que el derecho a la vivienda digna se constituye como un derecho esencial enunciado en la Constitución Nacional a través del Artículo 14 bis y reafirmado por diversos tratados internacionales de derechos humanos, que garantizan el acceso a una vivienda adecuada y con servicios básicos a todas las personas,
Que el acceso a una vivienda segura, saludable, y con servicios básicos es fundamental para el bienestar físico, psíquico, social y económico de los ciudadanos y ciudadanas de nuestra ciudad, promoviendo el ejercicio pleno de la ciudadanía y el derecho a habitar la ciudad,
Que la Municipalidad de Mercedes tiene la obligación de garantizar el acceso a la vivienda digna a las familias más vulnerables, promoviendo el acompañamiento integral en el proceso de acceso, construcción, mejora, y uso de los inmuebles,
Que resulta esencial brindar un acompañamiento técnico y social a las familias beneficiarias de programas habitacionales a través de estrategias de intervención que faciliten dichos procesos y garanticen el derecho a la vivienda digna,
Que es necesario contar con un programa integral de acompañamiento técnico y social que contemple el asesoramiento, la gestión de trámites, la supervisión del buen uso de materiales, y el seguimiento continuo de los inmuebles en cuestión,
Que la implementación de este programa requiere la participación activa de distintas áreas municipales, así como el trabajo conjunto con los beneficiarios y los distintos organismos involucrados en la gestión de los programas sociales de vivienda,
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º:Apruébase para el ejercicio 2025 el "Programa Municipal de Acompañamiento Técnico y Social a Familias Beneficiarias de Programas de Vivienda Sociales", el cual estará a cargo de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de este Municipio.
ARTÍCULO 2º: El objetivo general del programa es ofrecer un acompañamiento integral a las familias beneficiarias de programas habitacionales, facilitando los procesos de acceso y uso de la vivienda, garantizando el derecho a la vivienda digna, mediante el asesoramiento técnico, la supervisión del buen uso de materiales, y el seguimiento de cada caso.
ARTÍCULO 3: Regístrese. Comuníquese. Dese al Digesto General. Cumplido, archívese.