Boletines/Mercedes
Decreto Nº 420/2025
Mercedes, 10/03/2025
Visto
Lo actuado por sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) en el EX-2024-00034203 caratulado “Licitación Pública n° 09/2024 Apertura de calles en Consorcio Urbanístico III”, y;
Considerando
Que a partir de la necesidad manifestada por la Secretaría de Obras Públicas en Nota obrante en Orden n° 5, se confeccionó el Decreto n° 14 Folio n° 36/37 del Libro n° 59 con motivo de realizar la convocatoria de oferentes y lograr la contratación de mano de obra, equipos y materiales necesarios destinados a la apertura de calles en el Consorcio Urbanístico III.
Que dicha convocatoria se efectuó en un todo y de acuerdo a lo previsto para el régimen de contrataciones dispuestos por la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Reglamento de Contabilidad y la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires n° 6021.
Que el proceso en cuestión, por la magnitud de los trabajos a realizarse y el presupuesto oficial informado - $ 125.888.845,00 (pesos ciento veinticinco millones ochocientos ochenta y ocho mil ochocientos cuarenta y cinco con 00/100 centavos) – se trata de una Licitación Pública.
Que, habiéndose dado cumplimiento a los principios rectores de toda contratación pública – publicidad, transparencia, informalidad, entre otros – el día 24/01/2025 se procedió con la apertura de los sobres presentados, según se hace constar en Orden n° 20, al cual se han presentados en calidad de Oferentes los señores Usimix S.R.L. – Majo S.A. – Montelectro S.A.
Que luego de un análisis exhaustivo de las propuestas presentadas, la Secretaría de Obras Públicas elabora y expone su informe técnico en Orden n° 21.
Que allí, se manifiesta y deja en evidencia que la firma Usimix S.R.L. omitió en su sobre n° 1 la presentación de la documental exigida en el pliego de bases y condiciones artículo 19° incisos D) y E) – Certificado de capacidad técnica-financiera anual , y el listado de antecedentes de obras ejecutadas de similar naturaleza a la licitada. Que su omisión obstaculiza que se tenga en cuenta para el análisis, puesto que es causal de rechazo del proceso licitatorio, según lo previsto en el artículo 24° del pliego aplicable.
Que corresponde rechazar la propuesta presentada por la firma Usimix S.R.L.
Que, no obstante, las ofertas de Majo S.A. y Montelectro S.A. cumplimentan satisfactoriamente con lo solicitado en el pliego, por lo que correspondería adjudicar la obra mencionada ut supra a la firma más económica de ambas, siendo este el caso de la cotización de Montelectro S.A., por un presupuesto de $133.016.358,10 (pesos ciento treinta y tres millones dieciséis mil trescientos cincuenta y ocho con 10/100 centavos), siendo un 5,66% superior al precio estimado por la Municipalidad al mes de noviembre de 2024 (Orden n° 3).
Que luego del análisis efectuado por la totalidad de los miembros que componen la Comisión Pre-Adjudicadora, se llega a la conclusión de que existen razones administrativas, económicas y de oportunidad que aconsejan dictar con celeridad el acto administrativo de adjudicación tendiente a resolver la adjudicación de la obra a la firma Montelectro S.A.
Que, por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias.
D E C R E T A:
ARTICULO 1º) ADJUDICASE a la firma MONTELECTRO S.A. por un total de $133.016.358,10 (pesos ciento treinta y tres millones dieciséis mil trescientos cincuenta y ocho con 10/100 centavos) la contratación de mano de obra, equipos y materiales necesarios para la apertura de calles en Consorcio Urbanístico III, según lo especificado en el pliego de bases y condiciones.
ARTICULO 2º) DESESTÍMESE la propuesta presentada por la firma USIMIX S.R.L. de la presente Licitación Pública n° 09/2024, por las causales expuestas en el considerando.
ARTICULO 3º) La presente obra será financiada con fondos municipales afectados a la partida que se menciona a continuación
ARTICULO 4º) Tómese razón, comuníquese a las áreas competentes y cumplido, archívese.