Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº81

Resolución Nº 81

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 27/03/2025

Visto el presente expediente iniciado como ALCANCE N°8 del Expediente Nº416R-2123-2024, mediante el cual se tramita la aplicación de multas por incumplimiento de plazos de contrato, por parte de la Empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L, adjudicataria de la obra: “INSTALACIÓN DE GAS Y REFACCIONES VARIAS - E.P. N°67 - CORONEL DE MARINA TOMÁS ESPORA", por Decreto Nº2013/2024 y:

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 y 1 vuelta consta informe del Departamento Proyectos y Obras, señalando que la obra se encuentra con su plazo de ejecución de obra vencido, ya que de acuerdo a la fecha del Acta de Replanteo realizada el día 5 de Agosto de 2024 y teniendo en cuenta que la obra tiene un plazo de ejecución de ciento ochenta (180) días corridos con doce (12) días por paralizaciones con fecha del 22/08/2024 por Resolución N°292/2024, y mediante Resolución N°301/2024 se da reinicio a la obra a partir del día 03/09/2024, y la fecha de finalización tendría que haber sido el día 13 de Febrero del año 2025.

Que el Departamento Técnico informa que los atrasos en el plazo de la obra, fueron comunicados a la empresa contratista por Orden de Servicio N°1 con fecha 6 de febrero de 2025, que estaba próximo a vencerse el plazo de obra, luego por Orden de Servicio N°2 con fecha 13 de febrero de 2025, se le comunicó el vencimiento del plazo de ejecución de obra y que sería pasible de multas. Finalmente, mediante Orden de Servicio N°3 con fecha 28 de Febrero de 2025, se le informa a la contratista que hasta esa fecha lleva quince (15) días de atraso en finalizar la obra (correspondientes al mes de febrero), y que las causas de dicho atraso son imputables al contratista. La Empresa no formuló ningún descargo posterior dentro de los tres (3) días hábiles de su notificación.-

Que dadas estas condiciones y lo establecido por los  Artículos N°46, 63, 64 y 89 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, para la contratación de Obras Públicas de la Municipalidad de Bahía Blanca, se deberá aplicar una Multa por Mora en la finalización de los trabajos, equivalente a cero con treinta y tres décimos por mil (0,33‰), del monto del Contrato (monto original más los importes de las ampliaciones de contrato, adicionales y redeterminaciones de precios aprobadas), por cada día de atraso en la terminación total de la obra. También se indica que el importe de la multa será deducido del primer certificado que el Contratista  debe cobrar después de la aplicación de ésta, es decir, que teniendo en cuenta lo expresado anteriormente se desprende lo siguiente: Monto Original $121.670.000,00; monto redeterminación anticipo financiero $206.734,90; redeterminación certificado N°1 $19.608,13; redeterminación certificado N°2 $215.631,82; redeterminación certificado N°3 $269.649,04; redeterminación certificado N°4 $560.052,44; redeterminación certificado N°5 $2.389.142,90; total de contrato: $125.330.819,23, resultando el 0,33‰ del monto del contrato la suma de $41.359,17. Dado que la demora en finalizar la obra, hasta la fecha de la orden de servicio es de quince (15) días corridos, correspondientes al mes de febrero, lo que resulta un importe total de $620.387,55 (41.359,17x15).

Que de acuerdo a lo indicado en el articulo 90º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para Contratación de Obra Pública, el Departamento Técnico sugiere se le otorguen tres días al contratista para que salde el monto de la multa, el cual tendrá que ser depositado en una cuenta a nombre del Municipio de Bahía Blanca.

Que a fojas 2 y 2 vuelta, obra dictamen legal, del que surge que en el Pliego de Bases y Condiciones como en el contrato de Obra Pública celebrado, se prevé la potestad sancionatoria del comitente, frente a los incumplimientos de la parte contratista, que conforme el artículo 89º inciso b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales es viable la aplicación de la multa establecida. De acuerdo con las obligaciones del Contratista en el marco de los artículos 63º y 64º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, encontrándose acreditado el incumplimiento por parte de ésta. 

Que a fojas 13 se informa el número de cuenta y CBU donde se deberán ingresar los fondos provenientes del pago de la multa aplicada a la Empresa Contratista.

Por ello; atento lo sugerido por el Departamento Proyectos y Obras; lo dictaminado por el área legal y de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Obra, en su Cláusula Decimosexta, ítem a) PENALIDADES inc.2.- Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

R E S U E L V E

ARTICULO 1º: Aplicase a la Empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L., adjudicataria de la obra: “INSTALACIÓN DE GAS Y REFACCIONES VARIAS - E.P. N°67 - CORONEL DE MARINA TOMÁS ESPORA", una multa de PESOS SEISCIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($620.387,55), correspondiente a quince (15) días de atraso en la finalización de la obra, de acuerdo a lo dispuesto en la Cláusula Decimosexta ítem a) del Contrato de Obra Pública, y Artículo 64° y 89° inciso b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.-

ARTÍCULO 2º: Intímese al Contratista, a abonar el monto de la multa establecida en el artículo 1º, en el plazo de tres (3) días hábiles.

ARTÍCULO 3°: Dichos montos deberán depositarse en la cuenta corriente del Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal 6229 de Bahía  Blanca, Numero de Cuenta 52720/6, Cuenta Corriente en pesos, CBU 0140305101622905272064, Cuit 30-99900209-5, imputándose dicho monto al  RECURSO  12.6.01.00 Multa por Contravenciones. Vencido el plazo sin haber acompañado el comprobante de pago, se seguirá el procedimiento establecido por el artículo 90º citado.

ARTÍCULO 4º: Cúmplase; publíquese, dése al R.O.; notifíquese a la empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L., por medio de Cédula de Notificación y tomen conocimiento el Departamento Proyectos y Obras, Contaduría General, Registro de Licitadores y Obras por Consorcio, Tesorería. Cumplido, RESÉRVESE en el Departamento Proyectos y Obras.-