Boletines/Arrecifes

Decreto Nº60/25

Decreto Nº 60/25

Arrecifes, 24/01/2025

Visto

El expediente administrativo Nº 229.131, de fecha 30 de julio de 2.024, y;

 

Considerando

Que, el mismo se formó como consecuencia de una presentación efectuada por el Director del Hospital Municipal “Santa Francisca Romana” Dr. Marcelo Fabián HERRERA, en forma conjunta con la Directora Asociada del mencionado Nosocomio, Dra. Carla Melina MARVEGGIO, por la que dan cuenta de supuestas irregularidades en el fichaje y retiro del Agente Municipal Carlos ...., legajo: 6.050, el día 25 de julio de 2024.

                       

            Que, se dispuso darle a las actuaciones el trámite del procedimiento abreviado, citándose al agente para que en el plazo de tres (3) días ejerza su defensa y ofrezca las pruebas de las que intente valerse.

 

            Que, el Sr. ..... formula su defensa en la audiencia del día 17/09/2.024, negando los hechos que se le imputan y explicando que el día 25 de julio de 2.024, luego de fichar, se dirigió a la puerta del hospital a encontrarse con su novia, con quien habría estado por espacio de cincoo diez minutos, y que luego volvió a ingresar al nosocomio  y se dirigió a la guardia de pediatría.

 

            Que, las declaraciones testimoniales de las Sras. Micaela GONZALEZ y Marta SERVIN (ambas de fecha 23/10/2.024) nada aportan a la cuestión, dado que no recuerdan haberlo visto al Sr. ..... el día de los hechos.

 

            Que, a través de las imágenes obtenidas de las cámaras del Hospital Municipal, cuyas tomas –en secuencias- se encuentran agregadas a las actuaciones, puede observarse que el Sr. ....., luego de fichar su ingreso, se retiró del Nosocomio local, subió a una motocicleta y se retiró del lugar, lo que echa por tierra la pretensa justificación esgrimida por el agente imputado en cuanto que se encontró con su novia en la puerta por espacio de cinco o diez minutos; por lo que no ha dado cumplimiento a las obligaciones establecidas por el inciso a) del art. 103 de la Ley 14.656 (a) Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal.), incurriendo en las faltas previstas por el artículo 107 de dicha ley, en sus incisos 1 (1. Abandono del servicio sin causa justificada),  y 4 (Incumplimiento de las obligaciones determinadas del trabajador).

 

            Que, como consecuencia de lo que se viene exponiendo, corresponde aplicar al agente imputado una sanción disciplinaria correctiva de suspensión por el término de cinco (5) días (arts.  24, 105/107, de la Ley 14.656).

 

            Que, a los fines de hacer efectiva la sanción, debe dictarse el acto administrativo pertinente.

 

            Por ello;

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES

 

D  E  C  R  E  T  A

ARTÍCULO 1°:Aplícasele al Agente Municipal Carlos ...., legajo: 6...., una sanción disciplinaria correctiva de suspensión por el término de CINCO (5) días (arts.  24, 105/107, de la Ley 14.656), por haberse retirado de su lugar de trabajo, en fecha 25/07/2.024 alrededor de las 14:00 horas, luego de haber fichado su ingreso, yéndose del lugar al mando de una motocicleta (lo que ha quedado acreditado a través de las cámaras del establecimiento), habiendo incumplido conlas obligaciones establecidas por el inciso a) del art. 103 de la Ley 14.656 (a) Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal.), incurriendo en las faltas previstas por el artículo 107 de dicha ley, en sus incisos 1 (1. Abandono del servicio sin causa justificada),  y 4 (Incumplimiento de las obligaciones determinadas del trabajador).

 

 

ARTÍCULO 2°: Notifíquesele  al Agente Municipal Carlos ...., legajo: 6.....-

 

 

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

 

 

FIRMADO:

DR. JUAN FERNANDO BOUVIER – INTENDENTE MUNICIPAL

SRA. MARÍA JULIA MARINCOVICH – SECRETARIA DE GOBIERNO