Boletines/Zárate

Decreto Nº157/24

Decreto Nº 157/24

Zárate, 01/04/2025

Visto

La Ordenanza Nº 5241, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, en fecha 21/03/2025; y-

Considerando

Que, mediante la Ordenanza Nº 5241, citada en el Visto, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, declara huésped de honor a la destacada cantante y artista Sra. María Amelia Baltar, conocida como Amelita Baltar, en ocasión de conmemorarse el 15 aniversario del primer Festival Provincial del Tango a celebrase en nuestra Ciudad, y por su invaluable contribución al patrimonio cultural de la música Argentina;

Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 108º-Inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6769, corresponde al Departamento Ejecutivo su promulgación;

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;

 

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza Nº 5241.-

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Dn. IGNACIO JERONIMO SUAREZ OGALLAR.-

ARTICULO 3º.- Regístrese, Comuníquese, publíquese y archívese.-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4121 – H.C.D. 038/25.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 3907 que dispone en su Artículo 1º la distinción de Huésped de Honor, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 14.091, la provincia de Buenos Aires ha declarado a la ciudad de Zárate como Capital Provincial del Tango, reconociendo su relevancia en el ámbito del tango, la música y la cultura argentina;

Que, se celebra en el presente año el 15° aniversario del Primer Festival Provincial del Tango en la ciudad de Zárate, con la importancia que dicho evento tiene para la cultura y el patrimonio musical de nuestra ciudad y la provincia de Buenos Aires;

Que el cantante y artista Maria Amelia Baltar, conocida artísticamente como Amelita Baltar, nacida en Buenos Aires, es una de las figuras más destacadas del tango, y la música popular argentina, con una notable trayectoria tanto en nuestro país como en el mundo, habiendo sido protagonista de innumerables presentaciones y colaboraciones con artistas de renombre.

Que, María Amelia Baltar, ha desarrollado una carrera artística caracterizada por su excepcional voz y su capacidad interpretativa, ganándose un lugar destacado en el panorama del tango y la música popular.

Que, a lo largo de su carrera, ha realizado presentaciones en importantes escenarios nacionales e internacionales, consolidándose como una de las voces más queridas y respetadas del tango actual.

Que, ha obtenido reconocimientos por su labor artística, contribuyendo a la difusión del tango y su evolución, además de ser ferviente promotora de la cultura argentina en el mundo.

Que, su presencia en el 14° Festival Provincial del Tango, en nuestra ciudad, representa una oportunidad para rendir homenaje a su trayectoria artística y su invalorable contribución al género musical que identifica a nuestra ciudad como Capital Provincial del Tango.

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A Nº 5 2 4 1.-

ARTÍCULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, declara Huésped de Honor de la ciudad de Zárate a la destacada cantante y artista, Señora María Amelia Baltar, conocida como Amelita Baltar, en ocasión de conmemorarse el 15° aniversario del Primer Festival Provincial del Tango, a celebrarse en nuestra ciudad, y por su invaluable contribución al patrimonio cultural de la música argentina. 

ARTÍCULO 2°.- Reconózcase la trayectoria de la Señora María Amelia Baltar como una de las principales exponentes del tango, la música popular y la cultura argentina, destacándose por su calidad artística y su capacidad de emocionar al público con su interpretación.- 

ARTÍCULO 3°.- Invítese a la Señora María Amelia Baltar, a participar en los eventos conmemorativos del 14° Festival Provincial del Tango en Zárate, como gesto de reconocimiento a su incansable labor artística y su dedicación a la difusión del tango.  

ARTÍCULO 4°.- Dése a publicidad en los portales web, medios audiovisuales, y gráficos de la zona.---

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los veintiún días del mes de Marzo de dos mil veinticinco.