Boletines/Zárate
Decreto Nº 154/25
Zárate, 28/03/2025
Visto
La renuncia presentada por el agente municipal RAMIREZ, RUBEN LUIS, D.N.I. Nº 17.776.330, Legajo Nº 7626 para acogerse a los beneficios Jubilatorios, la Certificación de Servicios expedida por esta Municipalidad y;
Considerando
Que, del Legajo de dicho agente surge su fecha de nacimiento el 12 de Diciembre de 1959, por lo que a la fecha, ha superado la edad prevista en el artículo 98 º inciso g) de la Ley 14.656, según el cual el cese del agente se produce por “Haber alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por la legislación vigente para acceder al beneficio jubilatorio”;
Que, el agente registra una antigüedad de servicios en esta Municipalidad de Zárate, desde el 18/05/2004 hasta el 31/03/2025, computando un total de 20 años, 10 meses y 13 días de servicios;
Que, conforme a lo prescripto por la Ley 10.053 y el Decreto Ley 9650/80, el mencionado agente posee los años de edad y la cantidad de años de servicios, que la legislación establece para acogerse a los beneficios jubilatorios por edad avanzada, viéndose este Departamento Ejecutivo facultado a realizar el cese por las razones expuestas;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE ZÁRATE, en uso de las facultades que le son propias;
DECRETA
ARTICULO 1º: Cesar a partir del 31 de Marzo de 2025, al agente municipal RAMIREZ, RUBEN LUIS, D.N.I. Nº 17.776.330, CUIL Nº 20-17776330-4, Clase 1959, Legajo 7626, quien revista como personal de planta permanente, Jurisdicción: 1110111000, Programa: 01, Actividad: 00, Categoría: Obrero Clase I”A”; para acogerse a los beneficios de la jubilación por edad avanzada, conforme a la Certificación de Servicios Prestados.-
ARTICULO 2º: La Secretaría de Economía, arbitrará las providencias necesarias para que el agente cesado perciba los haberes, sueldo anual complementario, retribución especial que corresponda, como así también, como adelanto de su jubilación el importe correspondiente al Treinta y Nueve por ciento ( 39.0 %) de su remuneración mensual que establece el artículo 72 inciso f) de la Ley Provincial 14.656, a partir del cese, con imputación a Jurisdicción 1110108000, Programa 01, Actividad: 00; Fuente Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal 6.2.1.1 ANTICIPO JUBILADOS; del presupuesto vigente.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, tomen conocimiento la Secretaría de
Economía, Contaduría, Tesorería, Subsecretaría de Recursos Humanos, regístrese y oportunamente, archívese.-