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Decreto Nº216-25

Decreto Nº 216-25

Alberti, 18/03/2025

Visto

El Decreto Nº 1222/2023

El expediente M.A 1286/2023.

Lo establecido en la Ordenanza 1848, y;

Considerando

Que, a través del mencionado Expediente mencionado en el Visto, se tramita la extensión de la habilitación de comercio en los términos de la Ordenanza 1848.

Que, los elementos aportados por la solicitante permiten determinar que se encuentran reunidos los recaudos formales y exigencias mínimas indispensables para la emisión de la habilitación de manera provisoria, en tanto se cumplan la totalidad de los requisitos en cuestión.

Que, en tal sentido, el Artículo 17º del Código de Habilitaciones establece que: “El Departamento Ejecutivo otorgará permiso precario por el término de un año a los peticionantes que se encuadren en el artículo anterior”.

Que, el artículo 16 del citado cuerpo normativo al que remite el artículo 17, abre la posibilidad de proceder a otorgar habilitación en supuestos especiales en que no se hayan reunido la totalidad de los recaudos establecidos normativamente, con carácter de excepcionalidad, limitada en el tiempo, en el caso hasta tanto se obtengan las autorizaciones pertinentes por ante los organismos provinciales competentes.

Se deja sentado que la habilitación revestirá como provisoria hasta tanto la interesada cumpla con el recaudo indicado en el párrafo precedente, tal como lo exige el Código de Habilitaciones de Comercios e Industrias para proceder a la habilitación definitiva del comercio solicitado.

Que, en consecuencia.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE ALBERTI, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTÍCULO 1°: Concédase la extensión de la habilitación provisoria por el término de un (1) año, contado a partir del día 18 de marzo de 2025, en el rubro Industrialización de Materia Prima (PLANTA DE LIMPIEZA, CLASIFICADO Y ENVASADO DE MAIZ PISINGALLO), Código de Ramo 39000, a la empresa RIVARA S.A  CUIT 30-60119164-0, para su planta industrial ubicada en la calle Avenida de los Inmigrantes  N°351 (Cuenta 684/00)  de la ciudad de Alberti.-

ARTÍCULO 2°: Tomen razón las dependencias correspondientes a sus efectos.-

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial de Decretos  y archívese. -