Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº0524/25

Decreto Nº 0524/25

Mar Chiquita, 13/03/2025

Visto

La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza Nº 012/2025; y

Considerando

Que, dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. en el día de la fecha;

Que, por la misma se autoriza el emplazamiento de la sede del Grupo de Prevencion Motorizado (G.P.M) en el Municipio de Mar Chiquita, en el inmueble sito en calle Los Cisnes N°551 de la localidad de Playa Dorada, cuya identificación catastral es Circ IV, Secc. R, Mz 18, Parcela 9;

Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal Nº 012/2025, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en el día 12/03/2025, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto. 

ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial. 

O R D E N A N Z A

VISTO

El Expte. Nº 273/2025 caratulado “Emplazamiento del Grupo de Prevención Motorizada (GPM) en el Partido de Mar Chiquita”; y

CONSIDERANDO

Que el Grupo de Prevención Motorizado (G.P.M.) fue fundado el 18 de junio de 2013, con asiento físico en la localidad de Ezeiza y su ámbito operacional es en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires. Teniendo como misión objetiva las operaciones motorizadas en prevención del delito y faltas en general. Asimismo, las tareas motorizadas antidisturbios interviniendo toda vez que se encuentre alterado el orden público y la paz social, disponiendo la intervención del equipo el superintendente general de policía;

Que, desde la Secretaría de Gobierno Municipal se le ha solicitado al Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires el emplazamiento de un Puesto de Vigilancia del Grupo de Prevención Motorizada (GPM) en nuestro Distrito, con el objeto de fortalecer la prevención del delito y garantizar la seguridad de sus habitantes;

Que desde el Ministerio de Seguridad han informado que se dotará al Municipio de Mar Chiquita de 8 (ocho) efectivos y 4 (cuatro) moto vehículos con el fin de poner en funcionamiento el Grupo de Prevención Motorizado, siendo indispensable para ello designar un inmueble donde funcionará su sede;

Que, atento la necesidad de poner en funcionamiento el dispositivo de manera urgente es que se cuenta con un espacio disponible que puede ser utilizado de manera provisoria, en la Sede de la Sociedad de Fomento Playa Dorada sita en calle Los Cisnes N° 551, cuya identificación catastral resulta ser: Circ IV; Secc R; Manzana 18; Parcela 9 (069) y del cual este Municipio detenta su titularidad;

Que los agentes policiales, además, concurrirán a la totalidad de las localidades que componen el Distrito, debiéndose garantizar su ámbito operacional en todas ellas de acuerdo al cronograma de trabajo que se establezca;

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°: AUTORIZASE, el emplazamiento de la sede del Grupo de Prevención Motorizado (G.P.M.) en el Municipio de Mar Chiquita, en el inmueble sito en calle Los Cisnes N° 551 de la localidad de Playa Dorada, cuya identificación catastral resulta ser: Circ IV; Secc R; Manzana 18; Parcela 9 (069). 

ARTICULO 2º: REGISTRESE, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos y archívese. 

ORDENANZA N° 012

Dada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante a los 12 días del mes de marzo del año 2025.