Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº0478/25

Decreto Nº 0478/25

Mar Chiquita, 05/03/2025

Visto

La solicitud efectuada por el Secretario de Deportes a efectos de que se declaren de Interés Municipal las “ESCUELAS MUNICIPALES DEL PARTIDO DE MAR CHIQUITA”; y

Considerando

Que, el fomento del deporte en la comunidad contribuye al bienestar social, la inclusión y el desarrollo de valores en niños, jóvenes y adultos;

Que, las Escuelas Municipales del Partido de Mar Chiquita cumplen un rol fundamental en la formación de los futuros deportistas y en la integración de la comunidad en actividades deportivas;

Que, en el marco de su actividad, se organizan y participan en distintos eventos y viajes educativos;

Que, las mismas se llevarán a cabo desde el día 05 de marzo hasta el día 31 de diciembre del corriente año, en las distintas localidades del Partido de Mar Chiquita;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DECLARASE, de INTERES MUNICIPAL las “ESCUELAS MUNICIPALES DEL PARTIDO DE MAR CHIQUITA” a realizarse desde el día 05 de marzo hasta el día 31 de diciembre del corriente año en las distintas localidades del Partido de Mar Chiquita, atento a los considerandos del presente. 

ARTICULO 2º: AUTORIZASE, a abonar los gastos que demanden las actividades citadas en el Artículo 1º según el siguiente detalle:

  • Bebidas.
  • Descartables (vasos, platos, cubiertos, servilletas, etc.)
  • Traslados.
  • Traslados internos.
  • Alimentos.
  • Servicio de catering.
  • Materiales deportivos.
  • Art. Promocionales y gráficas.
  • Art. de Librería.
  • Viandas.
  • Baños químicos.
  • Trofeos y medallas.
  • Insumos hospitalarios.
  • Sonido y locución.
  • Alquiler de escenarios.
  • Indumentaria.
  • Hotelería.
  • Arbitraje.
  • Artículos de ferretería.
  • Seguridad – Efectivos policiales locales e infantería.
  • Pólizas de seguro.
  • Instalación de equipos.
  • Fiscalización.
  • Contratación de juegos inflables y recreativos.

ARTICULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Deportes Sr. Sebastián Daniel Rioja y por la Secretaria de Economía Sra. Marcela Cecilia Lallera. 

ARTICULO 4°: COMUNÍQUESE, a quienes corresponda. Regístrese, publíquese y archívese.