Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 50
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 28/03/2025
Visto que, en las presentes actuaciones, la Agencia de Desarrollo Territorial, Descentralización y Participación Ciudadana, en el marco del programa Orgullo Escolar, solicita el otorgamiento del apoyo económico para asociaciones cooperadoras de diversas instituciones educativas, destinado al financiamiento de obras menores de infraestructura escolar, ocasionados por una nueva catástrofe climática extraordinaria ocurrida el día 7 de marzo de 2025, y CONSIDERANDO;
Que por Decreto N° 394/2025 -convalidado por Decreto Nº 6/2025- se declarara en todo el Distrito de Bahía Blanca la Emergencia sanitaria, alimentaria, social, ambiental, habitacional, de infraestructura, administrativa, económica y de servicios públicos, en tanto persistan los motivos que llevaron a su dictado, a efectos de adoptar todas las medidas tendientes a remediar y aliviar las consecuencias disvaliosas, salvaguardar la integridad física de la población, preservar la seguridad vial, así como reparar los daños producidos o que se produzcan como consecuencia del desastre meteorológico ocurrido el día 7 de marzo de 2025.
Que la Ley N°14.552 -Presupuesto de la Provincia de Buenos Aires- establece que los recursos de afectación específica que perciba el estado Provincial en virtud de la vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2024, del art.7° de la Ley Nacional de Financiamiento Educativo Nro. 26.075, serán distribuidos entre los municipios en forma automática con las finalidades de educación, ciencia y tecnología.
Que, a través de la nota de solicitud obrante en el presente, la Asociación Cooperadora de la Escuela de Educación Primaria N°4 de la ciudad de Bahía Blanca, solicita un apoyo económico para financiar obras menores de infraestructura o vinculadas a servicios básicos.
Que a fs. 40, la Subsecretaria de Infraestructura Escolar de la Provincia de Buenos Aires, en función del relevamiento y análisis efectuado, se expidió en relación a la necesidad y pertinencia de desarrollar las obras descriptas en el formulario de postulación acompañado por la institución.
Que es oportuno el financiamiento con recursos del Fondo Educativo a cooperadoras escolares, con el objeto de realizar mejoras en las instalaciones de los establecimientos educativos.
Por lo expuesto y teniendo en cuenta la imputación informada por la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º) - Otorgar a la Asociación Cooperadora de la Escuela de Educación Primaria N°4 de la ciudad de Bahía Blanca, C.U.I.T. N° 33-68119470-9 un subsidio por la suma de PESOS OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL ($8.500.000,00).-
ARTICULO 2º) - Los fondos deberán ser destinados a cubrir gastos para la adquisición de materiales y mano de obra para afrontar el acondicionamiento de servicios básicos esenciales y otras obras menores de infraestructura causados por el desastre meteorológico ocurrido el día 7 de marzo de 2025 en la respectiva institución educativa.
ARTICULO 3º) - El presente gasto deberá imputarse a: Fuente 132, Jurisdicción: 1110126000, Categoría Programática 01.11.00, Gasto 5.3.6.0. del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 4º) - La asociación cooperadora destinataria del subsidio otorgado por la presente deberá efectuar la correspondiente rendición de cuentas ante el departamento Contaduría General, en los términos de lo establecido en los Artículos 131° y 132° del Reglamento de Contabilidad y de acuerdo al Instructivo para la rendición de subsidios.
ARTICULO 5º) - Encomendar a la Agencia de Desarrollo Territorial, Descentralización y Participación Ciudadana la comunicación del presente acto a la Subsecretaria de Infraestructura Escolar de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 6º) - Cumplir. Publicar. Dar al R.O.; Notificar mediante nota de estilo a la asociación beneficiaria del subsidio otorgado por la presente; Tomar nota Subdirección de Presupuesto y Planificación; Contaduría General. Hecho: Archivar.