Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 3145/24
San Andrés de Giles, 29/11/2024
Visto
La solicitud cursada por la Comisión Directiva de la Asociación Civil Club Victoria , que diera origen al expediente nº 4101-21439/24, y
Considerando
Que a través de la misma, solicita la exención en el pago de los derechos de construcción por la obra realizada en el inmueble de su propiedad, sito en la Circ.I, Sección A, Mz.83, Pcs.3,9 y 10 , del Partido de San Andrés de Giles.
Que, la ordenanza nº 751/02 establece que las entidades inscriptas en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público, podrán gozar de la exención del tributo previsto en concepto de derecho de construcción , contemplado en la ordenanza impositiva vigente.
Que obran en las presentes actuaciones, el dictamen de la Dirección de Recaudación y del Sr. Asesor Letrado Municipal, de los cuales se desprende la factibilidad de acceder a lo requerido.
Por ello, el Intendente Municipal , en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Eximir a la Asociación Civil Club Victoria , del pago del tributo previsto en concepto de derecho de construcción, por la obra realizada en el inmueble de su propiedad, sito el inmueble designado catastralmente como N. C. Circ.I, Sección A, Mz. 83, Pcs.3, 9 y 10 , del Partido de San Andrés de Giles, , en virtud de lo establecido en el artículo 10 de la ordenanza N° 751/02.
ARTICULO 2º: Registrar. Comunicar a los peticionarios , a la Dirección de Recaudación, a la Dirección de Planeamiento y Obras Particulares y archivar.