Boletines/Chacabuco
Resolución Nº 026
Chacabuco, 14/02/2025
Visto
las constancias del Expediente Nº 4029-461/25; y
Considerando
Lo informado por la Asesoría Legal y Técnica a fojas 4 y 7;
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Eximir desde el mes de febrero de 2025 y en lo sucesivo, al Juzgado de Paz Letrado de Chacabuco, al pago de la Tasa de Infraestructura y Servicios Urbanos (T.I.U.S.), en virtud de lo establecido a las Ordenanza Impositiva vigentes y en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 226 de la L.O.M. (Decreto – Ley 6760/58, texto según Ley 13.154) Partida: Circ. I, Sección: A, Manzana: 44, Parcela: 131, Partida: 12702, sede del citado órgano judicial.
ARTÍCULO 2º: Por intermedio de la Oficina de Recaudación hágase saber al peticionante con entrega de copia y a la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltada..
ARTÍCULO 3º: La presente resolución será refrendada por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Chacabuco, 14 de febrero de 2025.-