Boletines/Tandil
Decreto Nº 858/2025
Tandil, 28/03/2025
Visto
Las condiciones personales, laborales y previsionales que a la fecha reúne el trabajador de División Mayordomía – Secretaría de Gobierno- Carlos Alberto Guzmán – legajo 9601-.
Considerando
Que a la fecha del presente el trabajador de referencia acredita 67 años de edad (FN 08/11/1957).
Que el mismo cuenta con 20 años 2 meses y 26 días de servicios prestados en el ámbito privado –Empresa Minera CARBA SA-, reconocidos mediante Decreto N° 2152/2013 para la liquidación del concepto de Antigüedad.
Que tiene 11 años y 8 meses de servicios prestados en la Municipalidad de Tandil, reconocidos mediante Expediente N° 021557-5822977-22-000 del Instituto de Previsión Social – Resolución 034043/2025 de fecha 06/03/2025,
Que el Sr. Carlos Alberto Guzmán se encuentra en condiciones de instar su trámite jubilatorio por ante ANSES,
Que se han expedido al respecto la Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General, y la Dirección de Presupuesto.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Dase de baja al trabajador de la División Mayordomía – Secretaría de Gobierno - Ley 14.126 Paisaje Protegido - Carlos Alberto Guzmán –legajo 9601-, a partir del 1° de Abril de 2025.
Artículo 2°: Otorgase al trabajador de la División Mayordomía – Secretaría de Gobierno - Ley 14.126 Paisaje Protegido - Carlos Alberto Guzmán –legajo 9601-, una gratificación equivalente a mil (1000) horas simples de trabajo, conforme el salario que percibe al momento del egreso, que asciende a la suma de Pesos Diecisiete millones ochocientos ochenta y nueve mil seiscientos sesenta y nueve ($ 17.889.669,00), conforme lo determinado en el artículo 20 de la Convención Colectiva de Trabajo n° 38/89.
Articulo 3°: Los egresos impútense la partida 1.6.1.0 “Premios al Personal”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. - Administración Municipal, 1.1.1. - Administración Central, 1.1.1.01. - Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03 – Secretaría de Gobierno-, Actividad 01 –Administración de Gobierno-, Subactividad 01 –Conducción y Administración-, todo ello dentro del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio en curso.
Articulo 4°: Insístase ante Contaduría General la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.
Artículo 6°: Regístrese, notifíquese por División Mayordomía, tomen conocimiento Delegación de IPS, Dirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección de Sistemas Informáticos y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo definitivo.
Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Gobierno - Intendencia