Boletines/Tandil
Decreto Nº 817/2025
Tandil, 26/03/2025
Visto
La Ordenanza Nº 18.704.
Considerando
Que la Ordenanza Nº 18.704 modifica la Ordenanza Fiscal 2024.
Que resulta necesario confeccionar el texto ordenando de la Ordenanza Fiscal para el ejercicio 2025.
Que la Agencia de Ingresos Municipales ha tomado la debida intervención de su competencia.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Apruébase el Texto Ordenado de la Ordenanza Fiscal vigente para el ejercicio 2025, que integra el presente como Anexo I, con las modificaciones de la Ordenanza Nº 18.704.
Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, dése al registro de Ordenanzas, al Boletín Municipal, y archívese. Tomen conocimiento la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección de Rentas y Finanzas, Oficina de Guías y Marcas, Dirección de Ingresos Públicos, Unidad de Habilitaciones, Tesorería, Secretaría de Gobierno, Dirección General de Inspección y Habilitaciones, Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Dirección General de Vialidad, Dirección General de Obras Públicas, Dirección General de Espacios Verdes Públicos, Dirección General de Obras Sanitarias, Dirección de Desarrollo Urbano, Dirección de Cementerio, Secretaría de Protección Ciudadana, Dirección de Control Urbano y Vehicular, Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales, Dirección de Turismo, Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat, Secretaría Legal y Técnica, Juzgado de Faltas N° 1° y Juzgado de Faltas N°2°, Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado (SISP), Dirección de Bromatología, Subsecretaría de Cultura y Educación, Dirección de Deportes, Mesa de Entradas, Coordinación de Zona Rural, Delegación de María Ignacia (Vela), Delegación de Gardey, y oportunamente pase a "Guarda Temporal".
Firma Digital: Jesús Martín Echeverría (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Economía y Administración - Intendencia
ANEXO I
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