Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 445/2025
Benito Juarez, 21/03/2025
Visto
lo actuado en Expediente Letra “P” Nº 18/2025 donde a fs. 2 obra solicitud presentada por Arenales S.C.A., representada por el Sr. Marcelo J. E. de Alzaga, mediante la cual requiere la autorización para la ocupación del espacio público correspondiente a una calle cerrada ubicada entre las parcelas 24y, 24w y 24ac, en la localidad de Barker, Partido de Benito Juárez; y
Considerando
que la solicitud ha sido analizada por la Asesoría Legal de la Comuna, quien ha emitido dictamen favorable, concluyendo que el pedido cumple con la normativa vigente y no presenta objeciones jurídicas;
QUE la Dirección de Recaudación Municipal ha informado que el solicitante se encuentra al día con sus obligaciones fiscales, en cumplimiento de los artículos 153º, 155º, 156º y 157º de la Ordenanza Fiscal vigente;
QUE la ocupación del espacio público comprende el uso del espacio aéreo, subsuelo y superficie con fines productivos mineros, debiendo el titular remediar cualquier alteración generada antes de la restitución del espacio público, garantizando que la infraestructura municipal y su entorno se mantengan en condiciones adecuadas conforme a la normativa vigente, de tal manera que no afecte a terceros;
QUE en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que otorgue la autorización precaria y revocable para la ocupación del espacio público solicitado, bajo las condiciones establecidas en la normativa municipal vigente;
QUE el Secretario de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.- Otorgase a Arenales S.C.A., representada por el Sr. Marcelo J. E. de Alzaga, la autorización para la ocupación del espacio público correspondiente a la calle cerrada ubicada entre las parcelas 24y, 24w y 24ac, en la localidad de Barker, Partido de Benito Juárez, con destino exclusivo a actividades productivas mineras.
Artículo 2º.- La autorización concedida por el presente Decreto reviste carácter precario y revocable, quedando sujeta al cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ordenanza Fiscal vigente, en particular los artículos 153º, 155º, 156º y 157º, así como a eventuales disposiciones complementarias que pudiera dictar el Departamento Ejecutivo.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R.O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Secretarías de Gobierno, de Hacienda, Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, y Auditoría, cumplido, archívese.
JEFE DE GABINETE
A/C DE SECRETARIA DE HACIENDA
SR. JORGE O. ISMAEL
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 445.-