Boletines/General Lavalle
Ordenanza Nº 2714
General Lavalle, 26/03/2025
VISTO:
La Nota Nº 7/2025: Proyecto de ordenanza modificación artículo 43 inc. c, ordenanza 2708/2024; y
CONSIDERANDO:
La nota presentada oportunamente por el Señor Gerente de la Comisión Hídrico Vial, (nota 1708 del 19 de noviembre del 2025).
Considerando que, de la lectura de la misma se traslada una petición efectuada en el seno de la Comisión Hídrico Vial, como también recepta peticiones de particulares.
Que, unificar la bonificación establecida por el artículo 43 inc. c) para la tasa por servicios rurales en un 30%, es posible, dado la planificación anual realizada.
Teniendo en cuenta que la petición ingresó en el Departamento Ejecutivo con posterioridad a la redacción de la ordenanza impositiva anual.
Que, a la fecha se encuentra vencida la cuota número 1 de la tasa por servicios rurales, es posible unificar la bonificación en el 30%, para las subsiguientes cuotas del ejercicio 2025, y por lo tanto se remite el correspondiente proyecto de ordenanza, para modificar el artículo 43 inc. c.
POR ELLO:
Y las facultades dispuestas por la ley orgánica de las municipalidades, EL Honorable Concejo Deliberante de General Lavalle, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 2714/2025:
ART. PRIMERO: Modifíquese el artículo 43 inc. C, fijándose la bonificación a la tasa por servicios generales rurales en un 30% para el total de los contribuyentes que comprenda la misma. Quedando redactado: “c. Servicios Generales Rurales 30%”.
ART. SEGUNDO: La presente ordenanza tendrá vigencia para las cuotas 2, 3 y 4 correspondientes al ejercicio fiscal 2025.
ART. TERCERO: Comuníquese, publíquese, archívese.
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Lavalle, a los 26 días del mes de marzo del año 2025, en Sesión Ordinaria. Firman: José Luciano García, Presidente; Carla O. Tellechea, Secretaria.