Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 403
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 20/03/2025
VISTO las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de habilitación presentada por el Club Bahiense del Norte, para desarrollar el rubro de Estadio de Basquet - Canchas de Paddle - Cantina sin elaboración de alimentos - Salón de Usos Múltiples - Oficinas administrativas, en el domicilio sito en calle Salta N.º 28 de Bahía Blanca, y el oficio remitido a este Municipio por el Juzgado de Garantías del Joven Nº 1; y
CONSIDERANDO:
Que ante la presentación efectuada por el Sr. Fiscal a cargo de la UFIJ N°1 de Bahía Blanca, en la IPP N.º 28582/23, “Ascolani, Pablo Gustavo s/Incendio o estrago culposo agravado-Lesiones culposas-Lesiones culposas agravadas por la pluralidad de víctimas”, en la que solicitó la clausura del Club Bahiense del Norte, la Sra. Jueza de Garantías interviniente entendió que el mencionado pedido excedía su competencia, en virtud de que las medidas dictadas en el marco de un proceso penal deben guardar relación con el objeto del delito investigado, resolviendo en consecuencia, que la medida peticionada no responde a los fines previstos en el Código de rito, sino que lo pretendido es una acción concreta sobre el funcionamiento y actividad de una entidad civil, cuyo procedimiento de habilitación, inspección, cese o clausura corresponde exclusivamente a la órbita administrativa, ordenando remitir en forma urgente este pedido para su análisis y resolución a la Municipalidad de Bahía Blanca y al Juzgado Municipal de Faltas.
Que habiendo sido notificado lo resuelto en forma electrónica a este Municipio el día viernes 28 de febrero de 2025, a las 15:41 horas, y no obstante que los expedientes de habilitación aún se encontraban en poder de la Fiscalía, en forma inmediata se dispuso efectuar una nueva inspección general de las instalaciones del Club Bahiense del Norte.
Que en consecuencia con fecha 1 de marzo de 2025, a las 13:00 hs., se realizó una inspección ocular en las instalaciones del Club, sito en calle Salta N° 28 de esta ciudad, siendo recibidos por autoridades de la entidad deportiva.
Que se labró Acta de Inspección N°0013, que se encuentra agregada a estas actuaciones, constatando los trabajos realizados para devolver las condiciones de seguridad de acuerdo a la normativa vigente.
Que en ese mismo acto, se tuvo a la vista el informe del profesional actuante, Ingeniero Horacio Varela, visado por el Colegio de Ingenieros con fecha 17 de Septiembre de 2024, verificando la pertinencia y correspondencia de las obras realizadas, cuya copia se encuentra agregada a las presentes actuaciones. Que asimismo, se observó el resto de la edificación, y se solicitó la verificación de los otros dos tímpanos bajo el mismo techo en sus condiciones de estabilidad en el marco del proceso de habilitación en curso. También se observó el trabajo y puesta a punto del sistema eléctrico a cargo del Ingeniero Ricardo Luengo, encontrándose en un 70% de terminación.
Que atento la verificación solicitada, obra agregado informe complementario del Ingeniero Horacio Varela, quien indica que a requerimiento de las autoridades del Club el día 1 de marzo del presente procedió a realizar una inspección ocular sobre los muros de mampostería de frente e intermedio del gimnasio (muro de mampostería que cierra el frente del gimnasio y del muro interior ubicado entre la cancha principal y la pista de patín); constatando que la mampostería del muro de frente presenta un estado general bueno, sin síntomas de daños, ni fisuras o grietas que puedan inferir una pérdida de su integridad, capacidad funcional o resistencia; mientra que respecto al muro interior, el mismo presenta un estado general bueno, sin síntomas de daños, ni fisuras o grietas que puedan inferir una pérdida de su integridad, capacidad funcional o resistencia.
Que el mencionado Ingeniero concluye: “...Habiendo realizado la inspección solicitada por las autoridades del Club, se concluye que los muros inspeccionados presentan condiciones de estabilidad y habitabilidad compatibles con las actividades del club y que el muro de cierre del gimnasio responde satisfactoriamente a velocidades de viento compatibles con los límites de las alertas naranjas (hasta 90km/h)”.
Que conforme lo expuesto por la Secretaria de Planeamiento Urbano, en función de los informes técnicos suscriptos por el profesional interviniente, los muros inspeccionados presentan condiciones de estabilidad para permitir el uso de las instalaciones.
Que obra agregado informe del Ingeniero Electricista Sergio D. Bianchi quien refiere: “...la instalación eléctrica del club tiene algunos desvíos que deben ser corregidos a corto y mediano plazo. En líneas generales la institución puede tener un período de gracia para funcionar hasta tanto se vayan realizando los trabajos de corrección de los desvíos enumerados. Las protecciones termomagnéticas que protegen la instalación están con los calibres adecuados y en buen estado operativo, lo mismo ocurre con las protecciones diferenciales de la instalación que están en los tableros secundarios y tienen un valor de 30 mA que es límite para el cuidado de las personas”.
Que asimismo se encuentra agregado Plan de Evaluación y Simulacro suscripto por la Ingeniera Laboral Beatriz Camacho, remitido para su aprobación por la Dirección General de Defensa Civil; e informe de matafuegos suscripto por la profesional mencionada dando cuenta de la vigencia de las obleas.
Que finalmente surge de las presentes actuaciones copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil con vigencia hasta el 1 de mayo de 2025 y copia de contrato de servicio de área protegida entre la solicitante y la empresa SEM, por la asistencia de emergencia mediante la afectación de una flota de unidades de terapia intensiva móviles conforme a las normas legales vigentes para el desempeño de los servicios prestados.
Que analizadas las actuaciones administrativas, si bien no se encuentra cumplimentada la totalidad de la documentación y recaudos necesarios para el otorgamiento de la habilitación definitiva al Club Bahiense del Norte, con las obras constatadas y la documentación acompañada, se encuentra en condiciones de desarrollar en forma segura las actividades para las cuales realizó la solicitud, resultando pertinente el dictado de un permiso de funcionamiento temporal, conforme lo dispuesto por Resolución 3443/2014, mientras termina de cumplimentar con el proceso de habilitación.
Ello con el compromiso de la entidad de arbitrar los medios para ejecutar los trabajos necesarios y acompañar la documentación respaldatoria para obtener la habilitación definitiva; así como el debido seguimiento y acompañamiento por las áreas municipales competentes.
Por todo lo expuesto, el SECRETARIO DE ECONOMÍA, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 182° de la Ley Orgánica de las Municipalidades - Decreto-Ley 6769/58,
- RESUELVE -
ARTICULO 1°: Otorgar Permiso de Funcionamiento provisorio al Club Bahiense del Norte, contribuyente N.º 67499A, para el rubro ESTADIO DE BASQUET – CANCHAS DE PADDLE – CANTINA SIN ELABORACIÓN DE ALIMENTOS – SALÓN DE USOS MÚLTIPLES – OFICINAS ADMINISTRATIVAS, sito en calle Salta N.º 28 de Bahía Blanca, por el plazo de 60 días corridos desde la fecha de la presente.-
ARTICULO 2°: Durante el plazo de vigencia del permiso otorgado en el artículo precedente, la entidad deportiva deberá comprometerse a arbitrar los medios para ejecutar los trabajos necesarios y acompañar la documentación respaldatoria para obtener la habilitación definitiva.-
ARTICULO 3°: Encomendar al Departamento de Habilitaciones, y demás áreas competentes el debido acompañamiento y seguimiento del cumplimiento del artículo precedente por parte de la entidad solicitante.
ARTICULO 4°: Refrendan el presente acto resolutivo el Jefe de Gabinete y Gobierno y la Secretaria de Planeamiento Urbano.
ARTICULO 5°: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Habilitaciones, Instituto del Deporte, Departamento Recaudación, Departamento de Electricidad y Mecánica, Departamento de Proyectos y Obras, Dirección General de Defensa Civil y demás áreas competentes. Dése al R.O., publíquese y reservese.-