Boletines/Tapalqué

Decreto Nº0710/19

Decreto Nº 0710/19

Tapalqué, 06/08/2018

Visto

La necesidad de proceder a la modificación del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos en vigencia, como consecuencia de tener que ingresar los fondos provenientes del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, para solventar gastos en la construcción de viviendas, y,

Considerando

el informe elevado al respecto por la Contaduría de esta Comuna,

Por ello el Intendente Municipal, en uso de sus facultades decreta.

ARTÍCULO 1º: Modificase el Cálculo de Recursos vigente, mediante la ampliación del siguiente rubro:

 

CALCULO DE RECURSOS

Ampliación del siguiente rubro:   

132 – de origen provincial

3700000 Obtención de Préstamos

        3750000 De Provincias y Municipalidades

            3750200 De Provincias y Municipalidades a largo plazo

 

3750208

Programa Compartir 20 Viviendas

$

733.571,96.-

 

TOTAL

$

733.571,96.-

 

 

 

ARTÍCULO 2º: Modificase el Presupuesto de Gastos vigente, mediante la ampliación de la siguiente partida

 

PRESUPUESTO DE GASTOS

132 – de origen provincial

Ampliación de la siguiente partida:

1110106000   Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas

      65.00.00   20 Viviendas – Plan Nuestra casa

                      

2.1.4.0

65.00.00

Productos agroforestales

$

3.287,00.-

2.3.4.0

65.00.00

Productos de papel y cartón

$

55,00.-

2.5.1.0

65.00.00

Compuestos químicos

$

2.680,00.-

2.5.5.0

65.00.00

Tintas, pinturas y colorantes

$

8.370,00.-

2.5.8.0

65.00.00

Productos de material plástico

$

1.857,94.-

2.6.1.0

65.00.00

Productos de arcilla y cerámica

$

8.810,01.-

2.6.4.0

65.00.00

Productos de cemento, asbesto y yeso

$

12.980,00.-

2.7.1.0

65.00.00

Productos ferrosos

$

32.236,88.-

2.7.2.0

65.00.00

Productos no ferrosos

$

57.597,00.-

2.8.4.0

65.00.00

Piedra, arcilla y arena

$

219.653,90.-

2.9.3.0

65.00.00

Útiles y materiales eléctricos

$

134.115,03.-

3.3.1.0

65.00.00

Mantenimiento y reparación de edificios y locales

$

196.453,20.-

3.4.9.0

65.00.00

Otros

$

55.476,00.-

 

 

TOTAL

$

733.571,96.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda, regístrese y archívese.-