Boletines/Avellaneda

Decreto Nº998

Decreto Nº 998

Avellaneda, 19/03/2025

Visto

                                  El Expediente Nº 2-132776/2025 y

Considerando

Que el artículo 4° inciso D de la Ordenanza N° 29342 (t.o. según Ord. 29.562) establece que la actualización de los valores de las cuotas del recupero de fondos aportados para la construcción de viviendas se realizará según el Coeficiente "Casa Propia" publicado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación, el cual tiene en cuenta dos índices: (1) el promedio de la variación salarial, del cual se aplica un aforo del 0,9 del mismo debido a que los salarios pueden variar según la rama de la actividad; y (2) el promedio de la inflación del mismo período, tomándose el menor de los dos índices a los fines de actualización de las cuotas.

Que el Gobierno Nacional acorde son sus políticas de abandono y cercenamiento de derechos ha asignado la administración y disposición del Programa Casa Propia al Ministerio de Economía, y que este publicaba mensualmente el coeficiente de actualización de los Créditos Casa Propia,

 Que el coeficiente de actualización cumple la función de informar los parámetros para el cálculo de las cuotas para el recobro de Créditos por las viviendas en todo el Territorio Nacional, y que en base a ese dato este Municipio realiza mes a mes el cálculo del valor de las cuotas para que los contribuyentes puedan de esta manera realizar el pago de sus obligaciones en relación a sus viviendas, 

Que dicha información es de carácter público y de libre acceso, pero como es recurrente en la estructura del Gobierno Nacional, nuevamente ha dejado de cumplir con sus obligaciones y cierra todo canal de comunicación y es que a partir del mes de marzo de 2025 y de manera arbitraria ha dejado de publicar el coeficiente a través de los canales oficiales,  Que este Municipio continúa brindando a sus contribuyentes la posibilidad de acceder a la vivienda propia, y sin los parámetros establecidos por normativa, no es perse su potestad imponer un coeficiente de actualización, 

Que siguiendo con los mecanismos legales que posee este Departamento Ejecutivo con los lineamientos que establece la normativa y criterios para el cálculo del coeficiente y sin las herramientas necesarias que debe proporcionar el Gobierno Nacional a través de sus órganos de aplicación y para evitar el retraso en el cumplimiento de las obligaciones, este Municipio a través de la Secretaria de Desarrollo Territorial  instrumentará para el cálculo del coeficiente del mes de abril de 2025,  el valor del coeficiente de actualización de los Créditos Casa Propia  en  1.0581,   

Que en cumplimiento de lo solicitado es necesario la emisión del acto administrativo correspondiente,

Por  ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º: Fijase como coeficiente de actualización de los créditos Casa Propia para el mes de  Abril de 2025,  coeficiente 1.0581 CVS CASA PROPIA, de acuerdo con lo expuesto en los considerandos del presente

ARTICULO 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica, Secretaria de Desarrollo Territorial y a la Subsecretaria de Tecnología de Información. Cumplido, archívese.