Boletines/Zárate
Decreto Nº 140/25
Zárate, 18/03/2025
Visto
La Ordenanza Fiscal N° 5204, la Ordenanza Impositiva N° 5205 y el expediente N° 4121-532/24; y-
Considerando
Que, la Ordenanza Fiscal N° 5204, en su artículo 1.5, establece que en la Ordenanza Impositiva se establecerá la forma de liquidación de los tributos municipales, la que será expresada en módulos, en pesos u otra metodología que establezca la misma en los capítulos respectivos;
Que, determina que, para el caso que se establezca en módulos, en la Ordenanza Impositiva se determinará su valor y el periodo de actualización y aplicación del mismo;
Que, la Ordenanza Impositiva N° 5205, en su artículo 29.3, establece que a partir del 1° de enero de 2025 se fija el valor del módulo para la determinación de los tributos municipales que se resulte del valor fijado en el mes de diciembre de 2024, el cual se ajustará a partir del 1º de febrero de 2025, como máximo, de forma mensual y consecutiva, de acuerdo al IPC INDEC informado el mes anterior del período en que se devenga la tasa, disponiendo que el ajuste antes referido se aplicará sobre el valor del módulo vigente para el mes anterior;
Que, mediante Decreto N° 113/2025 se estableció el valor del módulo para el mes de marzo de 2025 en la suma de pesos Trescientos veinticuatro ($324.-);
Que, la Secretaría de Economía informa que la tasa de inflación correspondiente al mes de diciembre de 2024, informada en el mes de marzo de 2025 alcanzó el dos con dos por ciento (2,2 %);
Que, por aplicación del redondeo autorizado por el artículo 29.4 al porcentaje de inflación para el cálculo del módulo será del dos con cuatro por ciento (2,4%), que aplicado sobre el valor del módulo anterior resulta en un incremento de pesos Siete ($ 7,-);
Que, en consecuencia, el valor del módulo a partir del 1° de abril y hasta el 30 de abril de 2025 será de pesos Trescientos Treinta y un mil ($ 331,-), ello en cumplimiento de lo establecido en los artículos 1.5 de la Ordenanza 5204 y 29.3 de su par 5205, conforme lo informado por la Secretaría en el expediente citado en el Visto;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las facultades que le son propias,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°.- Establécese el valor del módulo para la determinación de tributos municipales, a partir del 1° de Abril de 2025 y hasta el 30 de Abril de 2025, en el importe de pesos Trescientos Treinta y uno ($ 331,-), conforme lo establecido en el artículo 29.3 de la Ordenanza N° 5205.-
ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía, Lic. CRISTIAN ANDRÉS MAZZOLA.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese