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Decreto Nº1520

Decreto Nº 1520

Publicado en versión extractada

Dolores, 31/07/2024

DOLORES, 31 de julio de 2.024.-

 

VISTO:

El presente expediente Nº 4032-84.216.-

Los requerimientos de las distintas áreas municipales y la necesidad de contratar personal para la ejecución de servicios, explotaciones, obras o tareas de carácter temporario y/o eventual y/o estacional, que no puede ser realizado con personal permanente, en virtud de la excepcionalidad y tenor de las labores, que hacen al normal desenvolvimiento de las diferentes prestaciones municipales,  

CONSIDERANDO:

Que dichas contrataciones resultan ser excepcionales por diferentes razones, ya sea estacionales y/o eventuales y conllevan la necesidad, merito y conveniencia de contar con mayor cantidad de personal afectado a dichas circunstancias temporarias, para el cumplimiento acabado de las obligaciones y/o prestaciones a las que se halla comprometida la Administración Municipal.

Que se han suscripto los pertinentes contratos de obra delimitando por Área las tareas a desempeñar, haberes y/o estipendios, y horarios en que deberá cumplirse con las labores detalladas en el objeto de contratación.

Resulta por ello procedente la aprobación de los contratos, mediante acto administrativo que convalide la excepcionalidad de las contrataciones, a fin de enmarcar legalmente su legitimidad, ajustando los extremos a lo normado en arts. 111 ss. y ccdtes. de Ley 14.656,

            POR ELLO, el Intendente Municipal en ejercicio de sus facultades legales:

 

D E C R E T A

 

ARTICULO PRIMERO: Aprobar y convalidar los contratos de obra temporarios celebrados con los agentes que a continuación se detallan, por los períodos y con la remuneración según régimen horario, para desempeñar las tareas excepcionales que se detallan en cada contratación, en el ámbito y dependencias de la Secretaría de Salud, Jurisdicción 1110104000, con imputación en Partida 1.2.1.1 Básico Temporario.

 

Leg

Apellido y Nombres

DNI

Agrup.

Cargo

Nro. Contrato

Hs

Desde

Hasta

 Importe

5625

Almada, Lucila Magali

41167177

Obrero

Auxiliar

0724/244

30

25/07/2024

30/09/2024

   293,064  

 

ARTICULO TERCERO: Cúmplase, publíquese, regístrese, intervenga Contaduría, Personal y Liquidación de Haberes, a sus efectos. Tome conocimiento Tesorería, Secretaría de Salud, Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Medio Ambiente, Secretaría de Desarrollo Humano y Social, Secretaría de Deportes Recreación y Tiempo Libre, Secretaría de Cultura y Educación por el Arte, Secretaría de Educación, Secretaría de Desarrollo Productivo, Secretaría de Turismo y Dirección de Espacios Verdes. Cumplido, resérvese.-

 

DECRETO NUMERO: 1.520.-