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Decreto Nº1508

Decreto Nº 1508

Publicado en versión extractada

Dolores, 31/07/2024

 

                                                              

 

 

  DOLORES, 31 de julio de 2024.-

 

 

VISTO:-

Que en el presente expediente Nº4032-85.322, el Sr. FRANCO DANIEL MORALES-DNI 37.014.468 solicita se lo incluya dentro de la Ley 10.830 para proceder a la escrituración de la propiedad adquirida mediante boleto de compra venta obrante a fs. 9, ya que no posee recursos para hacerlo en forma particular conforme surge de encuesta socio económico adjunta.-

           Que a fs. 27 obra declaración jurada en la que consta que el inmueble adquirido y por el cual se solicita la escrituración, es con destino a vivienda familiar de uso propio y ocupación permanente.

            Que el solicitante requiere se constituya bien de familia sobre el referido inmueble y,

 

CONSIDERANDO:-

Que por Ordenanza N° 4431 se declaran de interés social las regularizaciones dominiales, de conformidad con lo prescripto en al Artículo 4° inc. d) de la Ley N° 10.830.

Que en virtud de lo detallado y la documentación obrante en el presente expediente, se encuentran reunidos los recaudos y condiciones para que el D.E. solicite la intervención de la Escribanía General de Gobierno.-

 

POR ELLO, el Intendente Municipal en ejercicio de sus facultades legales;-

D E C R E T A

 

 

ARTICULO PRIMERO:-  Solicitar  la  intervención  de  la Escribanía General  de -------------------------------- Gobierno para otorgar el Acto Notarial de Compra Venta a favor de FRANCO DANIEL MORALES-DNI 37.014.468, de un lote de terreno designado catastralmente como: Circ. VII; Secc. A; Mz. 8; Parce. 12, conforme la autorización otorgada por el Honorable Concejo Deliberante en Ordenanza N° 4431 y en el marco de la Ley 10.830.

 

 

 

 

ARTICULO SEGUNDO:-  Cúmplase,    publíquese,    regístrese.    Gírese   a   la ---------------------------------   Escribanía General de Gobierno a los fines dispuestos en el artículo precedente. Cumplido, RESERVESE.- 

 

DECRETO NUMERO: 1508.-