Boletines/General Lavalle

Ordenanza Nº2168/2018

Ordenanza Nº 2168/2018

General Lavalle, 02/08/2018

VISTO: 
La necesidad de reglamentar el tránsito de camiones, la carga y descarga y el estacionamiento dentro del radio urbano; 
CONSIDERANDO: 
Que se ha producido un enorme incremento de los vehículos automotores de gran porte que transitan diariamente por el radio urbano; 
Que el tránsito de dichos vehículos además de dificultar la circulación, produce un deterioro en el pavimento; 
Que la Ley Nacional de Transito delega a los municipios reglamentar la circulación dentro del radio urbano; 
Que es facultad del Cuerpo Deliberativo, dé conformidad con la Ley Orgánica de las Municipalidades, legislar sobre el particular; 
POR ELLO: 
El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: 
ORDENANZA Nº 2168 /2018 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Prohíbase la circulación y estacionamiento de vehículos de tránsito pesado en el ejido urbano de General Lavalle, entendiéndose por el ejido urbano al polígono delimitado entre las calles Gaspar Campos; 9 de Julio; Avenida Thompson y 25 de Mayo. 
ARTÍCULO 2º: Considérese vehículo de transito pesado (VTP en adelante) a todos los vehículos automotores y/o formaciones de vehículos de carga con más de dos ejes. 
ARTICULO 3º: Para caso de transportistas que puedan acreditar fehacientemente la existencia de depósitos de vehículos de Tránsito Pesado, ubicado dentro, del ejido urbano que sean de exclusividad propiedad y/o de su cónyuge y/o sociedad de la que sea titular, con anterioridad al 12 de mayo de 2018 podrán guardar los mismos en los días y horarios permitidos para la carga Y descarga de materiales y mercaderías, debiendo respetar que el ingreso al ejido urbano será según lo que establezca el Departamento Ejecutivo oportunamente. ARTICULO 4º: Se exceptúa del presente régimen a los siguientes casos VTP propiedad del Gobierno Municipal, Provincial o Nacional. • VTP contratados para la prestación de obras o servicios por parte de los Gobiernos Municipal, Provincial o Nacional. ❑ VTP afectados a emergencias médicas o sanitarias. fl VTP afectados a la Seguridad pública o la Defensa del territorio nacional. VTP afectados a emergencias en general (Bomberos Voluntarios y Defensa Civil). J VTP afectados al transporte de caudales públicos J VTP afectados al transporte de pasajeros. • VTP que requieran reparaciones y/o arreglos mecánicos. 
ARTICULO 5º: Prohíbase el estacionamiento del VTP en la zona delimitada por el polígono entre las calles Gaspar Campos; 9 de Julio; Avenida Thompson y 25 de Mayo, con excepción del tiempo necesario para cargas y descargas en los horarios permitidos. 
ARTICULO 6º: CARGAS Y DESCARGAS 
Autorizase al ingreso de VTP a la zona delimitada por el polígono entre las calles Gaspar Campos; 9 de Julio; Avenida Thompson y 25 de Mayo, a los efectos de realizar tareas de carga y/o descarga de mercadería en el horario comprendido entre las 08:00 y las 14:00 hs. Exceptuase de dicho horario a los transportes y logística de la zona portuaria. Dicha actividad deberá constar con autorización del Departamento Ejecutivo. 
ARTICULO 7º: SANCIONES 
Los infractores a lo establecido en la presente Ordenanza, serán pasibles de una multa equivalente de 300 a 1000 unidades fijas, siendo cada unidad fija equivalente a 1 litro de nafta de mayor octanaje, informado por el Automóvil Club Argentino. La aplicación de las infracciones se graduará, según de la gravedad de la transgresión, quedando dicha evaluación a criterio del Juez de Faltas Municipal. 
En caso de que exista reconocimiento voluntario por parte del infractor, el mismo podrá abonarla con una reducción del 50%, del mínimo de la multt, en todos los casos tendrá -los efectos de una sanción firme. 
ARTICULO 8º: La presente Ordenanza entrará en vigencia a los 30 días de su promulgación debiendo el Departamento Ejecutivo, llevar a cabo durante ele término una campaña de difusión, concientización y colocación de carteles de ingresos, de lo que se establece en la presente. ARTICULO 9º: Comuníquese al D.E. para su conocimiento y efecto y publíquese en el Boletín Oficial. 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los 2 días del mes de agosto del año 2018. Firmando Olga Beatriz Ortiz, Presidente; Carla Tellechea, Secretaria.