Boletines/General Lavalle

Ordenanza Nº2165/2018

Ordenanza Nº 2165/2018

General Lavalle, 27/07/2018

VISTO: 
La existencia de Puentes Antiguos en nuestro Municipio; y 
CONSIDERANDO: 
Que puede constatarse precisamente la existencia de Puentes Antiguos con importante valor histórico para nuestro Municipio y la Región. 
Que uno de esos puentes es el conocido como "Puente del Obispo", sobre el Canal 2. Que dicho Puente se encuentra en buenas condiciones, pese a no efectuarse ningún tipo de mantenimiento, lo cual demuestra la calidad constructiva de la obra. Que en atención a la construcción de la Doble Vía sobre la Ruta 11, se ha planteado la necesidad de proceder al desguace del Puente en cuestión. Que dado el valor histórico del mismo, corresponde declararlo Patrimonio Cultural de General Lavalle, poniendo en conocimiento tal circunstancia de las autoridades provinciales, a efectos de evitar el desguace. Que la Junta de Estudios Históricos de General Lavalle aportó la siguiente información, la cual se transcribe en respeto y reconocimiento por el trabajo efectuado por sus miembros: • Que se trata de un puente centenario, que data de 1913, y es un testimonio tangible del pensamiento y el accionar del hombre a principios del siglo pasado para solucionar simultáneamente dos problemas: lograr el escurrimiento de las aguas a través de canales y dar mejores posibilidades al tránsito y las comunicaciones. 
• Que se trata de una obra de Ingeniería destinada a perdurar largo tiempo, ya que fue realizada con nobles materiales que han resistido y resisten con entereza el paso del tiempo. 
• Que tiene valor cultural y religioso para la comunidad católica de General Lavalle a raíz de la convocatoria de los feligreses que se concentraron en ese lugar para recibir a la autoridad de la diócesis a la que pertenece la parroquia y acompañarlo en caravana hasta el templo y 
• Q ue como recuerdo de tal acontecimiento se lo comenzó a llamar "Puente del Obispo" habiéndosele colocado una placa recordatoria de tal acontecimiento (• y que durante mucho tiempo se mantuvo esta costumbre ante cada visita de tal autoridad religiosa. 
• Que, al igual que otros puentes de similares estructuras en la provincia de Buenos Aires, mantiene viva la memoria del enorme trabajo de tantos hombres durante largas jornadas, tanto de obreros como de encargados e ingenieros. 
• Que el Puente del Obispo fue durante más de medio siglo transitado a diario por distintos medios de transporte y está arraigado a la cotidianeidad de los habitantes del lugar. Que, como importante aporte, se transcribe la información proporcionada por la Investigadora e Historiadora Adriana Pisani, agradeciendo profundamente el trabajo realizado: 
Puentes en canales de la Provincia de Buenos Aires  Por decreto del 30 de mayo de 1910 se autorizó a la construcción de seis puentes, uno en el canal 1, dos en el canal 2 el que nos interesa Hm 43 uno de ellos sobre el canal lateral y los otros restantes también en canal 2. 
En realidad, los puentes no formaban parte de las obras de desagüe, pero se incorporaron al proyecto por ley de 27 de noviembre de 1905. 
Se hizo contrato con la firma Harkork de Duisburg en junio de 1910 y la empresa a su vez ofreció la posibilidad de encargarse del montaje de los materiales, con lo cual no solo se aseguraba la terminación final y pruebas, sino que se lograba también la garantía en los trabajos. Los materiales llegaron a Buenos Aires a fines de marzo de 1911. En todos los puentes se respetó que con sus pilares ocupen el mínimo espacio posible. Para julio de 1912 de acuerdo a una nota del Ing. Cooper, se esperaba al encargado de los montajes de puentes de la empresa Harkort, Sr. Friedrich para examinar el lugar y comenzar con los preparativos tendientes al armado del puente de canal 2 Hm 43. De acuerdo a lo expuesto en las Memorias de la Dirección de Desagües de 1914, el 10 de marzo de 1913 dicha dirección comunicó al Poder Ejecutivo que los canales del sur número 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13 y 14 estaban en condiciones de ser librados al servicio público. La inauguración oficial fue el 23 de mayo de 1913 (el canal 15 en Castelli ya se había inaugurado el 24 de junio de 1911 en una reunión en la Estancia Las Víboras) A la misma asistió el gobernador Eduardo Arana, senadores, diputados, miembros de la Dirección de Desagües al frente de Manuel Uribelarrea y propietarios de la zona (Adjunto titular del diario El.Nacional de Dolores del 24.05.1913) Al margen de los argumentos históricos por demás válidos, en esta obra magnífica de los canales, hay que recqnocer el enorme trabajo de tantos hombres, muchos inmigrantes, que vivían en difíciles condiciones en las precarias canchas de trabajo, expuestos a las inclemencias del tiempo (Adjunto aviso. Año 1905. El Nacional de Dolores). Hombres que a pala iban surcando la tierra en largas jornadas de trabajo y si bien la tarea de los ingenieros en este caso, no podía compararse en esfuerzo con lo hecho a diario por los obreros y residían en casas en la Cuidad de Dolores, algunos de ellos enfermaron por las condiciones climáticas. 
De hecho Nystrómer que ya estaba enfermo murió en 1915. Por otra parte los ingenieros intervinientes, tanto Karl Nystrámer (Director), que entre otras obras construyó el imponente edificio de Obras Sanitarias en la Av. Córdoba 1900 (ciudad de Buenos Aires). 
Pílades Coppagli y los hermanos Onofre, Leonardo y W. Cooper eran de reconocida trayectoria 
'profesional. 
Todos los puentes en la red de canales del sur de la provincia, independientemente de su valor histórico patrimonial y de estar arraigadas a la cotidianeidad de los habitantes de la región, fueron transitados a diario por distintos medios de transporte. Que, reviste urgencia el tratamiento del tema, dado los importantes avances de la Obra de la construcción de la Doble Vía Ruta 11. 
POR ELLO: 
El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades que le son propias sanciona la siguiente: 
ORDENANZA Nº 2165/2018

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Convalídese el Decreto Municipal Nº 493/2018 donde se declara Patrimonio Cultural de General Lavalle al Puente del Obispo, sobre el Canal 2. ARTÍCULO 2º: Comuníquese la presente al Poder Ejecutivo Provincial; a la Dirección Provincial de Vialidad; a la empresa AUBASA S.A. ARTÍCULO 3º: Efectúense los trámites necesarios a efectos evitar el desguace del Puente del Obispo. ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y efecto y publíquese en el Boletín Oficial. 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en Sesión extraordinaria a los 27 Días del mes de Julio del año 2018, Firmando: Olga Beatriz Ortiz, Presidente; Carla O. Tellechea, Secretaria.