Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1692/24
Publicado en versión extractada
General Villegas, 23/09/2024
VISTO:
El oficio librado por el Juzgado de Familia Nº 1 de Trenque Lauquen, en autos caratulados “Bergesio Juliana María c/ Aicardi Franco Guillermo s/ Cobro de Honorarios” Expediente Nº TL 3332-2024 registrado como Expediente Municipal Nº 9203/24, solicitando se proceda a trabar embargo por el porcentaje de ley sobre los haberes que percibe el señor Franco Guillermo Aicarde, D.N.I. N° 38.927.388; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 4, obra el informe del Departamento de Personal, donde se consignan los datos del agente y que se proceda a trabar embargo sobre los haberes por el porcentaje de ley correspondiente hasta hacerse íntegro el pago de la suma de $ 2.290.240, con más la de $ 1.259.632 provisoriamente presupuestada para cubrir accesorios legales.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 5, solicitando se autorice a descontar mensualmente sobre los haberes que percibe el agente, hasta cubrir la suma consignada en concepto de embargo trabado oportunamente y se deposite en la Cuenta Nº 027-516054/6, CBU Nº 0140356327670451605465, del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal local, a la orden de ese Juzgado y para estos autos.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 8.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase al Departamento de Personal, a descontar por el porcentaje de ley sobre los haberes que percibe el agente FRANCO GUILLERMO AICARDE, Legajo Personal Nº 4494, 230 módulos, 36 horas semanales, Jurisdicción 1110111000, Categoría Programática 82.00.00, hasta cubrir la suma de Pesos dos millones doscientos noventa mil doscientos cuarenta ($ 2.290.240.-), más la suma de Pesos un millón doscientos cincuenta y nueve mil seiscientos treinta y dos ($ 1.259.632), para responder a intereses y costas, en concepto de embargo conforme lo ordenado en oficio librado por el Juzgado de Familia Nº 1 de Trenque Lauquen en autos caratulados “Bergesio Juliana María c/ Aicardi Franco Guillermo s/ Cobro de Honorarios” - Expediente TL Nº 3332-2024, registrado como Expediente Municipal Nº 9203/24.
ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Artículo Primero, en la Cuenta Judicial N° 027-516054/6, CBU Nº 0140356327670451605465 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal local a la orden de ese Juzgado y para estos autos.
ARTÍCULO TERCERO: La retención del embargo deberá ingresar a la siguiente cuenta para su posterior transferencia:
74003 - EMBARGOS
ARTÍCULO CUARTO: Remítase copia al Juzgado interviniente.
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.