Boletines/General Villegas

Decreto Nº1640/24

Decreto Nº 1640/24

Publicado en versión extractada

General Villegas, 16/09/2024

VISTO:

El Expediente Nº 9243/24, iniciado por la Comisión del Centro Tradicionalista “El Relincho” de Villa Sauze, solicitando un subsidio para solventar el alquiler de los baños químicos que se utilizarán en la fiesta criolla, a realizarse los días 21 y 22 de septiembre de 2024; y

CONSIDERANDO:

Que esta Administración estima conveniente brindar el apoyo requerido.

Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto a fojas 4.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase un subsidio de Pesos trescientos mil       ($ 300.000), a la COMISIÓN DIRECTIVA DEL CENTRO TRADICIONALISTA “EL RELINCHO” DE VILLA SAUZE, destinado a solventar el alquiler de los baños químicos que se utilizarán en la fiesta criolla, a llevarse a cabo los días 21 y 22 de septiembre de 2024.

ARTÍCULO SEGUNDO: Por Tesorería, previa intervención de Contaduría, líbrese el cheque conforme se indica en el Artículo Primero.

ARTÍCULO TERCERO: La entidad beneficiada deberá rendir cuenta documentada de la inversión que realice, conforme lo establecen las normas vigentes. La falta de cumplimiento constituye causa para privar a la misma del derecho a percibir nuevos beneficios, quedando expedita la vía para demandar el cumplimiento de tal formalidad, o en su defecto, el reintegro de la suma otorgada (Artículo Nº 131 y concordantes del Reglamento de Contabilidad).

ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, deberá ser imputado a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Departamento Ejecutivo

Programas o Actividades Centrales:

79 - Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado

Unidad Ejecutora:

Intendente Municipal

Fuente de Financiamiento:

110

Clase:

5.1.7.0.

Descripción Clase:

Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro

Importe:

$ 300.000.-

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas Contaduría, Tesorería y Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas; cúmplase y archívese.