Boletines/General Villegas

Decreto Nº1598/24

Decreto Nº 1598/24

Publicado en versión extractada

General Villegas, 09/09/2024

VISTO:

El Expediente Nº 9226/24, iniciado por la Comisión de Apoyo a la Casa de la Cultura “Manuel Cadret” de Villa Saboya, solicitando un subsidio destinado a solventar la confección de la vestimenta del grupo “Alma Folclórica”; y

CONSIDERANDO:

Que esta Administración estima conveniente brindar el apoyo requerido.

Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto a fojas 6.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase un subsidio de Pesos seiscientos cuatro mil quinientos ($604.500,00) a la Comisión de Apoyo a la Casa de la Cultura “Manuel Cadret” de Villa Saboya, destinado a solventar la confección de la vestimenta del grupo “Alma Folclórica”.

ARTÍCULO SEGUNDO: Por Tesorería, previa intervención de Contaduría, líbrese el cheque por la suma y a la orden establecida en el Artículo Primero.

ARTÍCULO TERCERO: La entidad beneficiada, deberá rendir cuenta documentada de la inversión que realice, dentro de los treinta (30) días de recibido el mismo. La falta de cumplimiento constituye causa para privar a la misma del derecho a percibir nuevos beneficios, quedando expedita la vía para demandar el cumplimiento de tal formalidad, o en su defecto el reintegro de la suma otorgada (Artículo 131º y concordantes del Reglamento de Contabilidad).

ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Departamento Ejecutivo

Programas o Actividades Centrales

79 – Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado

Unidad Ejecutora:

Intendente Municipal

Fuente de Financiamiento:

110

Clase:

5.1.7.0.

Descripción de Clase:

Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro

Importe:

$ 604.500,00.-

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería y Secretaría de Hacienda y Finanzas; cúmplase y archívese.