Boletines/General Villegas

Decreto Nº1559/24

Decreto Nº 1559/24

Publicado en versión extractada

General Villegas, 03/09/2024

VISTO:

El Expediente N° 9071/24, iniciado por el Secretario de Desarrollo Social, elevando la nómina mensual de beneficiarios de “subsidios a indigentes” de la localidad de Cañada Seca, destinado a solventar gastos ocasionados por problemas de salud, servicios básicos y alquiler, por un monto de Pesos ciento diez mil ($ 110.000.-); y

CONSIDERANDO:

Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.

Que la Contaduría Municipal interviene con fecha 03/09/2024.

Que tomó intervención la Comisión Municipal de Subsidios.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos ciento diez mil ($ 110.000.-), destinado a solventar gastos ocasionados por problemas de salud, servicios básicos y alquiler en la localidad de Cañada Seca, conforme el siguiente detalle:

APELLIDO Y NOMBRE

D.N.I.

IMPORTE

López Jorge Enrique

16.190.088

$ 20.000

Mansilla Viviana Marcela

21.767.225

$ 45.000

Reynoso María Belén

37.048.435

$ 7.000.-

Toyos Jorge Daniel

25.292.820

$ 38.000.-

 

TOTAL:

$ 110.000

ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Secretaría de Acción Social

Fuente de Financiación:

110-Tesoro Municipal

Inciso:

5- Transferencias

Partida Principal:

1- Transferencia al Sector Privado para financiar gastos corrientes

Partida Subparcial:

04- Ayuda Sociales a Personas

Programa:

64- Dirección de los Pueblos

Actividad Proy.:

06- Ac. Social directa en los pueblos

Importe:

$ 110.000.-

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y Secretaría de Desarrollo Social; cúmplase y archívese.