Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1559/24
Publicado en versión extractada
General Villegas, 03/09/2024
VISTO:
El Expediente N° 9071/24, iniciado por el Secretario de Desarrollo Social, elevando la nómina mensual de beneficiarios de “subsidios a indigentes” de la localidad de Cañada Seca, destinado a solventar gastos ocasionados por problemas de salud, servicios básicos y alquiler, por un monto de Pesos ciento diez mil ($ 110.000.-); y
CONSIDERANDO:
Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.
Que la Contaduría Municipal interviene con fecha 03/09/2024.
Que tomó intervención la Comisión Municipal de Subsidios.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos ciento diez mil ($ 110.000.-), destinado a solventar gastos ocasionados por problemas de salud, servicios básicos y alquiler en la localidad de Cañada Seca, conforme el siguiente detalle:
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
IMPORTE |
López Jorge Enrique |
16.190.088 |
$ 20.000 |
Mansilla Viviana Marcela |
21.767.225 |
$ 45.000 |
Reynoso María Belén |
37.048.435 |
$ 7.000.- |
Toyos Jorge Daniel |
25.292.820 |
$ 38.000.- |
TOTAL: |
$ 110.000 |
ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Secretaría de Acción Social |
Fuente de Financiación: |
110-Tesoro Municipal |
Inciso: |
5- Transferencias |
Partida Principal: |
1- Transferencia al Sector Privado para financiar gastos corrientes |
Partida Subparcial: |
04- Ayuda Sociales a Personas |
Programa: |
64- Dirección de los Pueblos |
Actividad Proy.: |
06- Ac. Social directa en los pueblos |
Importe: |
$ 110.000.- |
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y Secretaría de Desarrollo Social; cúmplase y archívese.