Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1555/24
Publicado en versión extractada
General Villegas, 03/09/2024
VISTO:
El Expediente N° 9072/24, iniciado por el Secretario de Desarrollo Social, elevando la nómina mensual de beneficiarios de “subsidios a indigentes” de la localidad de Banderaló, destinado a apoyo económico para el pago de alimentos, servicios básicos y alquiler, por un monto de Pesos ochenta y nueve mil ($ 89.000); y
CONSIDERANDO:
Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.
Que la Contaduría Municipal interviene con fecha 03/09/2024.
Que interviene la Comisión Municipal de Subsidios.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos ochenta y nueve mil ($ 89.000), destinado a apoyo económico para el pago de alimentos, servicios básicos y alquiler en la localidad de Banderaló, conforme el siguiente detalle:
Nombre y apellido |
DNI |
Importe |
Aguilar M. Silvia |
23.137.838 |
$ 9.000 |
Arruabarrena Graciela Beatriz |
24.603.039 |
$ 5.000 |
Chaparro Gladys Mabel |
17.168.005 |
$ 10.000 |
Devia Lidia Mariela |
25.192.865 |
$ 10.000 |
Figueroa Horacio Roberto |
14.178.931 |
$ 10.000 |
Gandino María Elena |
23.721.802 |
$ 20.000 |
López Oscar Alfredo |
16.672.374 |
$ 10.000 |
Rosales María Jorgelina |
22.137.017 |
$ 10.000 |
Videla Jesica Carolina |
35.431.770 |
$ 5.000 |
|
TOTAL: |
$ 89.000.- |
ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Secretaría de Acción Social |
Fuente de Financiación: |
110- |
Inciso: |
5- Transferencias |
Partida Principal: |
1- Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corriente |
Partida Subparcial: |
04- Ayuda Sociales a Personas |
Programa: |
64- Dirección de los Pueblos |
Actividad Prog: |
06- Ac. Social directa en los pueblos |
Importe: |
$ 89.000- |
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y Secretaría de Desarrollo Social; cúmplase y archívese.