Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1551/24
Publicado en versión extractada
General Villegas, 03/09/2024
VISTO:
El Expediente N° 9060/24, iniciado por el Secretario de Desarrollo Social, elevando la nómina mensual de beneficiarios de “subsidios a indigentes” de la localidad de Villa Sauze, destinado a solventar gastos ocasionados por problemas de salud, servicios básicos, alimentos y alquiler, por un monto de Pesos cuarenta y siete mil ($47.000.-); y
CONSIDERANDO:
Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.
Que la Contaduría Municipal interviene con fecha 03/09/2024.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos cuarenta y siete mil ($ 47.000.-), destinado a solventar gastos ocasionados por problemas de salud, servicios básicos, alimentos y alquiler en la localidad de Villa Sauze, conforme el siguiente detalle:
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
IMPORTE |
Alvarez Alexander Ezequiel |
44.342.212 |
$ 30.000.- |
Córdoba Maria Elena |
13.044.895 |
$ 4.000.- |
Córdoba Maria Luisa |
21.501.142 |
$ 1.000.- |
Murúa Armando Gerardo |
16.118.859 |
$ 10.000.- |
Torres Gloria Esther |
20.322.853 |
$ 2.000.- |
TOTAL: |
$ 47.000.- |
ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Secretaría de Acción Social |
Fuente de Financiación: |
110 |
Inciso: |
5- Transferencias |
Partida Principal: |
1- Transferencia al Sector Privado para financiar gastos corriente |
Partida Subparcial: |
04- Ayuda Sociales a Personas |
Programa: |
64- Dirección de los pueblos |
Actividad Proy.: |
06- Acción Social Directa Pueblos |
Importe: |
$ 47.000.- |
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y Secretaría de Desarrollo Social; cúmplase y archívese.