Boletines/Saavedra

Decreto Nº257/2025

Decreto Nº 257/2025

Saavedra, 24/01/2025

Corresponde a Expediente Nº 95.399/23

Visto

    

    El Decreto Nº 1.168/23 de convalidación del convenio con el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires por el cual otorga a la Municipalidad de Saavedra una suma mensual por seis plazas destinadas a cubrir gastos de niños/as y adolescentes (0 a 17 años) del Distrito que residen en el Hogar Convivencial “Avelén Hué” de Pigüé y los fondos recibidos el día 20/01/25.

Que atento a lo establecido en el Artículo 119º, último párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones y creaciones de partidas que se financien con recursos afectados.

 

El Intendente Municipal en uso de sus facultades legales:

D E C R E T A

 

Artículo 1º: Créase en el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2.025, la Partida que se detalla a continuación:

1750000 - De gobiernos e instituciones provinciales y municipales

         1750100 - De gobiernos provinciales

           1750120 – Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Pcia. de Bs.As          $  2.923.110,00

Artículo 2º: Crease en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2.025, las Partidas que se detallan a continuación:

Jurisdicción: 1110115000 - Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario

 

18.00.00 - Políticas de Género, Infancias y Juventudes

 

18.02.00 - Hogar Convivencial

 

132 - De origen provincial

 

2.0.0.0 - Bienes de consumo

 

2.1.0.0 - Productos alimenticios agropecuarios y forestales

 

2.1.1.0 - Alimentos para personas

 $  2,107,286.08

2.1.9.0 - Otros

 $       10,000.00

2.3.0.0 - Productos de papel, cartón e impresos

 

2.3.4.0 - Productos de papel y cartón

 $       57,900.00

2.5.0.0 - Productos químicos, combustibles y lubricantes

 

2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y medicinales

 $       12,600.00

2.9.0.0 - Otros bienes de consumo

 

2.9.1.0 - Elementos de limpieza

 $     103,225.92

2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos

 $         9,200.00

2.9.5.0 - Útiles menores médicos, quirúrgico y de laboratorio

 $       18,298.00

2.9.9.0 - Otros

 $         5,000.00

3.0.0.0 - Servicios no personales

 

3.3.0.0 - Mantenimiento, reparación y limpieza

 

3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo

 $     133,200.00

3.4.0.0 - Servicios técnicos y profesionales

 

3.4.9.0 - Otros

 $     257,500.00

3.5.0.0 - Servicios comerciales y financieros

 

3.5.1.0 - Transporte

 $     208,900.00

   
 

$  2,923,110.00

 

Artículo 3º:  Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º serán tomados del Capítulo establecido en el Artículo 1º.

Artículo 4º: Comuníquese, pase a Contaduría, Tesorería y Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario, dése al Registro de decretos y cumplido, archívese.

 

DECRETO Nº 257/25