Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Resolución Nº 31/18
Adolfo Gonzales Chaves, 05/04/2018
Visto
El Expediente 4055-194-2003, mediante el cual se tramita licencia por presunto accidente de trabajo de la trabajadora municipal MARINA FERNANDA SOUTO; y
Considerando
Que a fojas 35 se agrega “constancia de alta de recalificación” de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo Provincia A.R.T.;
Que la auditoría de campo (visita a empresas) de Provincia A.R.T., agregada a fojas 43, determina los posibles puestos y/ó funciones que puede realizar la trabajadora Marina Fernanda Souto;
Que a fojas 45 consta el examen efectuado por el médico laboralista contratado por el municipio;
Que en el citado informe el profesional informa “Incapacidad según baremo de Tabla de evaluación decreto 49/2014”, la que es Parcial y Permanente;
Que en su conclusión final, cita que: “Debe continuar realizando las tareas asignadas a la fecha, las que le fueran otorgadas luego de su recalificación. No realizar esfuerzos que involucren su columna mayor de 5 kg”;
Que con fecha 28/02/2018, el Dr. Ezequiel Fainberg, mediante correo electrónico sostiene su informe de fecha 30/07/2017;
Por ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.-Dispónese que la trabajadora municipal MARINA FERNANDA SOUTO, Legajo nº 754, continuará realizando tareas en Farmacia de la Unidad Sanitaria de De la Garma, con un régimen horario de 48 horas semanales, dejándose expresamente establecido que no podrá realizar esfuerzos que involucren su columna mayor de 5 Kg.-
ARTICULO 2º.- Tomen razón Contaduría, Oficina de Personal y Unidad Sanitaria de De la Garma.-
ARTICULO 3º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-