Boletines/Hipólito Yrigoyen

Ordenanza Nº09/2017

Ordenanza Nº 09/2017

Hipólito Yrigoyen, 26/04/2017

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HIPOLITO YRIGOYEN, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona con fuerza de: ----------------------------------

ORDENANZA

Artículo 1): Apruébese en todas sus partes el Convenio Especifico Entre  la Municipalidad de Hipolito Yrigoyen y el Profesorado Sudamericano de Tenis.  Obrante a fojas 2 y 3 del Expte. Nº 4057- 1726/17 que trascripto dice:

 

CONVENIO ESPECIFICO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE HIPÓLlTO YRIGOYEN y EL PROFESORADO SUDAMERICANO DE TENIS

En la ciudad Henderson a los 15 días del mes de Febrero 2017 La Municipalidad de Hipólito Yrigoyen, con domicilio en la calle 9 de Julio y Mariano Moreno de Henderson Partido de Hipólito Yrigoyen, representada en este acto por el Sr. Intendente Dr. Jorge Cortés, DNI 17677721, en adelante "LA Municipalidad" y Entre EL PROFESORADO SUDAMERICANO DE TENIS con domicilio en la calle Lemos 205 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su Director Sr. Esteban Palombo; en adelante denominada "El Profesorado", por una parte La Municipalidad y por la otra El Profesorado Sudamericano
de Tenis el presente Convenio Específico, el cual se regirá de acuerdo con las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Las entidades firmantes manifiestan su voluntad de promove la educación universitaria para el mejoramiento del desarrollo económico, social, cultural y educativo de la región y consideran necesario actuar mancomunadamente para el logro de dichos fines. Por ello, se comprometen, dentro de sus posibilidades, a realizar acciones y actividades de colaboración y complementación recíproca.

SEGUNDA: Objetivo principal del presente acuerdo es apoyar el dictado del Profesorado Nacional de Tenis.

TERCERA: Las partes acuerdan que la Coordinación Académica de las actividades realizadas en el marco de este convenio es exclusiva responsabilidad del PROFESORADO. Por su parte, LA MUNICIPALIDAD
designará, a su exclusivo costo, a una persona que desempeñará la función de Secretario Técnico, quien tendrá a su cargo las actividades de logística y administración.

CUARTA: EL PROFESORADO se compromete a:

a) Aportar, de su propio plantel, los docentes necesarios para desarrollar en la Sede dispuesta por la MUNICIPALIDAD las actividades educativas complementarias a las obligatorias en las respectivas currículas, que las partes pacten durante la vigencia del presente convenio.

b) Abonar el salario correspondiente al Coordinador Académico designado en la cláusula anterior.

QUINTA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a:

a) Pagar la totalidad de los costos derivados de la movilidad de los docentes. La movilidad podrá realizarse en vehículos particulares, en transporte público o estar a cargo de la Municipalidad por los medios de transportes adecuados, habilitados y con los seguros debidamente contratados y actualizados.

b) Aportar, a su exclusivo costo, las viandas de comidas de los docentes durante las jornadas académicas realizadas en la Sede dispuesta por la MUNICIPALIDAD.

c) Si algún docente Académico debiera pernoctar en la localidad de Henderson, dado el horario de finalización de las actividades y la disponibilidad de movilidad existente, LA MUNICIPALIDAD se compromete a asumir los gastos de alojamiento y comidas correspondientes.

d) Financiar toda otra actividad, o costo que se produzca con motivo del presente convenio, previo acuerdo expreso en tal sentido.

SEXTA: El Secretario Técnico estará encargado de la logística prevista en las cláusulas anteriores y desarrollará toda la tarea administrativa que el Coordinador  Académico le requiera.

SEPTIMA: EI presente acuerdo se conviene hasta marzo de 2018, pudiendo ser prorrogado por igual período, previa evaluación de su conveniencia entre las partes. A su vez, ambas partes pueden dar por finalizado el presente convenio en forma anticipada, dando aviso a la otra con 60 días de anticipación. 

OCTAVA: A los efectos de este convenio las partes constituyen domicilio legal en los indicados ut supra; donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que pudieran corresponder. En prueba de conformidad, en la ciudad de Henderson, se firman 2 ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto a los 10 días del Mes de Febrero de 2017.-

Artículo 2º) Comuníquese, publíquese y cumplido archívese. ----------------------------------------------------

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HIPÓLITO YRIGOYEN A LOS VENTISEIS DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE.

 

  Dra. Victoria  Toledo                                                                              Dra. Linda Marina  López

          Secretario                                                                                                    Presidente

Honorable C. Deliberante                                                                            Honorable C. Deliberante