Boletines/Salto
Ordenanza Nº 035/2024
Salto, 05/03/2024
. . .VISTO
La nota presentada por el Presidente de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Arroyo Dulce, Sr. Marcelo Forti ante esta Secretaría; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por la misma solicita autorización para emitir un Bono Contribución para vender en los meses de Abril- Mayo – Junio - Julio y Agosto del año en curso con un total de 333 bonos, para afrontar los gastos necesarios del comienzo de obra de nuestro cuartel. -
. . .POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º - Autorízase a la ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE ARROYO DULCE, a la puesta en circulación y venta de TRECIENTOS TREINTA Y TRES (333) BONOS CONTRIBUCION, a un valor de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) cada uno, pagaderos en CINCO (05) CUOTAS iguales y consecutivas de PESOS TRES MIL ($ 3.000) cada una. -
ARTICULO 2º - La Entidad solicitante deberá cumplir los requisitos del Artículo 19º de la Ordenanza Nº 014/96: de los Bonos Contribución. -
ARTICULO 3º - La Entidad solicitante deberá rendir Cuentas al finalizar esta Campaña, ante este Concejo Deliberante. -
ARTICULO 4º - Comuníquese a la Entidad Organizadora la prohibición de sorteo de Premios de ninguna naturaleza, haciéndose pasible de las sanciones previstas en la legislación vigente, en caso de verificarse la violación de tal situación. -
ARTICULO 5º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-
ENTRADAS
Ingresado como Correspondencia Recibida en Sesión Ordinaria de fecha 05 de Marzo de 2024 y girado a las comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-
SALIDAS
El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Marzo de 2024.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 14 de Marzo de 2024.-