Boletines/Chascomús

Decreto Nº1199/24

Decreto Nº 1199/24

Chascomús, 30/12/2024

TRANSFERENCIAS TESORERÍA RECURSOS ORDINARIOS

Visto

El Decreto Provincial Nº 2.980/00 que regula la Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal; y

Considerando

Que mediante el Articulo Nº 7 del Decreto N° 1233/2023 se autorizó la transferencia de pesos ocho millones ($8.000.000) desde Recursos Ordinarios de libre disponibilidad al Rubro de Recursos 17.5.01.57 - Subsidio Min. Prod. CeITProv. Bs As- Kermesse de la Laguna 2023.

Que mediante el Articulo Nº 8 del Decreto N° 1233/2023 se autorizó la transferencia de pesos ocho millones ciento sesenta y siete mil setecientos cincuenta y nueve con 82/100 ($8.167.759,82) desde Recursos Ordinarios de libre disponibilidad al Rubro de Recursos 22.5.01.12 -Conv. Min de Infr. y  Serv Públicos PBA - Fondo de Infraestructura Municipal 2022, según lo expuesto en los considerandos.

Que durante el Ejercicio 2024 se percibieron importes adeudados, por lo que resulta necesario la restitución de las sumas transferidas a Recursos Ordinarios de Libre Disponibilidad por un importe total de Pesos Dieciséis Millones Ciento Sesenta y Siete Mil Setecientos Cincuenta y Nueve con 82/100 ($ 16.167.759,82).

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Autorícese la transferencia de pesos ocho millones ($8.000.000) desde el Rubro de Recursos 17.5.01.57 - Subsidio Min. Prod. CeITProv. Bs As- Kermesse de la Laguna 2023 a Recursos Ordinarios de libre disponibilidad, según lo expuesto en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Autorícese la transferencia de Pesos Ocho Millones Ciento Sesenta y Siete Mil Setecientos Cincuenta y Nueve con 82/100 ($8.167.759,82) desde el Rubro de Recursos 22.5.01.12 -Conv. Min de Infr. y  Serv Públicos PBA - Fondo de Infraestructura Municipal 2022 a desde Recursos Ordinarios de libre disponibilidad, según lo expuesto en el exordio.-

ARTICULO 3°.- Autorícese la transferencia de Pesos Cinco Mil Seiscientos Noventa y Ocho con 40/100 ($ 5.698,40) desde Recursos Ordinarios para realizar ajustes de tesorería.-

ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Hacienda, Contaduría y Dirección de Presupuesto.-

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-