Boletines/Chascomús

Decreto Nº1195/24

Decreto Nº 1195/24

Chascomús, 30/12/2024

AMPLIACION APOYO ECONÓMICO MIN. DE PRODUCCIÓN, APERTURA TEMPORADA 24/25

Visto

La necesidad de incorporar al presupuesto recursos con afectación específica y no consideradas en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente; y

Considerando

Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2024, incorporando los recursos con afectación específica y no considerados en el cálculo de recursos vigente.

Que mediante Expediente Administrativo N° 4030-165914/M se tramitan las actuaciones relacionadas con el “Financiamiento de la Subsecretaría de Turismo de la Prov. de Bs. As. para la Apertura 2024-2025.”

Que mediante la Resolución N° RESO-2024-508-GDEBA-MPCITGP el Ministerio de Producción Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires aprueba la solicitud de apoyo económico al evento “Apertura de Temporada 2024-2025” que se llevó a cabo los días 14 y 15 de diciembre del corriente año al Municipio de Chascomús por la suma de PESOS OCHO MILLONES ($8.000.000) en carácter de apoyo no reintegrable.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Amplíese el crédito de las partidas parciales que se enumeran a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:

Estructura Programática

Fuente de Financiamiento

Imputación

Importe

1110115000 – 33.01.00 Act. Cen. Promoción Cultural

132 - De origen provincial

3.5.9.0 - Otros

8.000.000,00

 

 

Total Gastos:

8.000.000,00

ARTICULO 2°.- Créese el Rubro y amplíese el Cálculo de Recursos en el rubro que se enumera a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:

JURISD.

RUBRO

IMPORTE

1110111000

17.2.04.72 – Min. Prod C y T – Apoyo Económico Apertura de Temporada 2024-2025

8.000.000,00

 

 

                     Total

 

8.000.000,00

         

ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Contaduría y Dirección de Presupuesto.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-