Boletines/Chascomús

Decreto Nº137/25

Decreto Nº 137/25

Chascomús, 24/02/2025

AUTORIZAR CARGA DE COMBUSTIBLE, SECRETARIA DE CULTURA, DEPORTES Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Visto

La necesidad de movilización y agilidad que requieren para el desarrollo de sus tareas en las diferentes dependencias de servicios relacionadas con el Ejecutivo Municipal; y

Considerando

Que la disposición de agentes/o funcionarios municipales de utilizar sus propios vehículos particulares para el desarrollo de las tareas asignadas, resulta satisfactoria para cubrir, en gran parte, la necesidad antes mencionada.

Que a tales vehículos se les debe administrar, de acuerdo a la necesidad, el combustible para su funcionamiento en algunos casos en forma regular y en otros ocasionalmente.

Que conforme a las normas vigentes, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente, autorizando la carga de combustible durante el año 2025.

 Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Autorícese la carga de combustible adquirido por el   Municipio, en las ocasiones en que resulte necesario para el normal desarrollo de las tareas, a los vehículos propiedad de agentes de Planta/o Funcionarios Políticos Municipales, para el ejercicio 2025 de acuerdo al siguiente listado:

NÁPOLI, Pablo Miguel, Vehículo Peugeot PARTNER PATAGÓNICA - Dominio AA526CE.

FRANCESE, Pablo Sebastián, Vehículo RENAULT SANDERO -Dominio KGL017.

GIACOBONE, Sergio Guido, Vehículo CHEVROLET PRISMA -Dominio PPF324.

MERLO, Iván Leonel, Vehículo HONDA XR 150- RALLY- Dominio A075LLL.-

ARTICULO 2°.- Los titulares han presentado al momento del dictado del acto administrativo, Carnet de Conducir, Cédula Verde, Seguro y VTV vigentes conforme constancias obrantes en Expediente Administrativo GDE EX-2025- 00007312-CHASCOMUS-MESA#SG.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Cultura, Deportes y Desarrollo Institucional, Subsecretaría de Desarrollo Deportivo y Comunitario, Relaciones Institucionales y Comunitarias, Oficina de Compras y Suministros, Contaduría y Tesorería.-

ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y el Secretario de Cultura, Deportes y Relaciones Institucionales (Pablo Nápoli).-

ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-