Boletines/Chascomús
Decreto Nº 126/25
Chascomús, 17/02/2025
CONFIRMAR SANCION DISCIPLINARIA
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2025-00003322-CHASCOMUS-DCH- SRHDP caratulado “Descargo Sanción PÉREZ SARRI Martín Patricio - leg. 9.712”; y
Considerando
Que al orden 2 del citado expediente, consta el descargo efectuado por el agente PÉREZ SARRI, Martín Patricio para que se anulen las dos sanciones notificadas el día 17/01/2025.
Que surgen de los formularios adjuntos, dos sanciones disciplinarias con la descripción de los hechos que dieron lugar a las sanciones: “Ley 14.656, art.106 punto 3 (negligencia en el cumplimiento de sus tareas/funciones debidamente acreditadas) El hecho se produce en prevención de Colonia de verano ‘Pesca y Náutica’, sito en Av. Lastra y Camino Costanera referencia a denuncia al ciudadano Ripa Alberto”.
Que, en el primer formulario, el Jefe de División BEDESKI Andrés, notifica la sanción de suspensión por un (1) día.
Que en el segundo formulario de sanción Disciplinaria el Director de Seguridad Vial PEREYRA Carlos, deja sin efecto la sanción aplicada por el Jefe de División y sanciona con 3 días de suspensión, todo ello en uso de las facultades disciplinarias que la normativa le permite, (art. 110 inc. “b” de la Ley 14.656), por lo que no se verifica que exista doble sanción por el mismo hecho como lo sostiene el agente.
Que al orden 6 se encuentra el informe producido por el Jefe de División de Seguridad Vial, BEDESKI Andrés dirigido al Director de Seguridad Vial, PEREYRA Carlos en el cual se hace referencia a distintos hechos acaecidos con el Agente PÉREZ SARRI, hechos que sucedieron en distintas prevenciones de colonias y por los cuales ya habían mantenido reuniones con el agente y hasta llamados de atención de forma verbal.
El primero de ellos sucedió en la Colonia de Puerto Aventura el día 15/01/2025 entre las 11.30 y las 12.30 hs, constituido en su unidad mínima operativa, donde modula por radio a monitoreo, a los fines de que se retiren vehículos que obstruían parcialmente la calzada, zona de su jurisdicción operativa, acto por el cual se le llamó la atención verbal y se propició una reunión para reafirmar los conceptos referentes a las Obligaciones Operativas.
El segundo de los hechos, tuvo lugar cuando el 17/01/2025 se recibe al ciudadano, RIPA Alberto, totalmente indignado, el cual manifiesta haber tenido el día de la fecha un hecho desagradable con el agente PÉREZ SARRI. Indica que estando parcialmente detenido en su camioneta y familia en la rampa de acceso al Club Náutico Pesca y Náutica, el agente a la distancia lo comienza a silbatear y con ademanes y señas poco legibles insiste en que se mueva del lugar. Acto seguido, PÉREZ SARRI le saca una foto con su celular e indica que nunca se acercó a él.
Que las tareas del agente PÉREZ SARRI son de prevención y educación, habiendo informado sus superiores que ya han mantenido con el agente varias reuniones para explicar y reafirmar dichos conceptos.
Que en consecuencia esta Dirección de Asuntos Legales ha dcitaminado: Ratificar la sanción disciplinaria dispuesta por el Director de Seguridad Vial, Pereyra Carlos de suspensión por tres (3) días para el agente PEREZ SARRI, Martin, DNI 27.032.109, Legajo N° 9712, rechazándose el recurso de revocatoria oportunamente presentado.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Confirmar la Sanción Disciplinaria de Suspensión por (3) días dispuesta por el Director de Seguridad Vial, dependiente de la Secretaria de Seguridad Ciudadana, al Agente PEREZ SARRI Martin Patricio, DNI 27.032.109, Legajo N° 9712, por incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 106 inciso “1” de la Ley 14656, conforme las consideraciones expuestas en el exordio..-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaria Privada, Secretaria Seguridad Ciudadana, Dirección Administrativa de RRHH, Dirección de Liquidaciones y a PEREZ SARRI Martin Patricio.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Secretario de Recurso Humanos (José Yezza Ross).-
ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-