Boletines/Chascomús

Decreto Nº97/25

Decreto Nº 97/25

Chascomús, 05/02/2025

FE DE ERRATAS DECRETO 837/24 PRESCRIPCION ADQUISITIVA LOTES DE CEMENTERIO

Visto

El Expediente Administrativo N° 4030-164537/M, caratulado “Prescripción de lotes del Cementerio Municipal, Plano 027-010-2023”. El Decreto N°837/2024; y

Considerando

Que mediante el Decreto N° 837/2024 se declaró la “Prescripción Adquisitiva de Dominio a favor de la Municipalidad de Chascomús de los inmuebles cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II, Sección E, Chacra 126, Manzana 11, Parcelas 1,2,3,22,23,24, 25,26,27,28,29,30,31, 32, Partidas Inmobiliarias N° 6.308, 16.939, 16.940,12.288, 16.950, 16.949, 16.948, 16.947, 13.132, 13.131, 16.944, 16.947, 16.942, 16.941 y Circunscripción II, Sección E, Chacra 126, Manzana 4, Parcelas 7 y 8, Partidas Inmobiliarias N° 14.791 y 14.792, según plano de prescripción N° 027-010-2023 del Partido de Chascomús”.

Que, sin embargo, se advierte que se ha cometido un error material  involuntario al consignar como quedan conformadas las parcelas de origen mencionadas en el primer párrafo, a raíz de la confección del Plano característica N° 27-010-2023, debiendo haberse consignado que “Las Parcelas 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32 inclusive de la Manzana 11, pasan a conformar la “Parcela 1 A”; y las Parcelas 1, 2 y 3 de la Manzana 11 y Parcelas 7 y 8 de la Manzana 4, pasan a conforman la “Parcela 6 A”, según Plano característica N° 027-010-2023”.

Que el Art. 115° de la Ordenanza General 267 establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos.

Que resulta necesario dictar el correspondiente Decreto de Fe de Erratas.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Rectifíquese el Artículo 1º del Decreto N° 827/2024, el que quedará redactado de la siguiente maneraARTICULO 1º.-.Declarase la Prescripción Adquisitiva de Dominio a favor de la Municipalidad de Chascomús, según Plano que pretende prescribir N° 027-010-2023, de los inmuebles cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II, Sección E, Chacra 126, Manzana 11,Parcelas 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32 inclusive de la Manzana 11, pasan a conformar la “Parcela 1 A”; y las Parcelas 1, 2 y 3 de la Manzana 11 y Parcelas 7 y 8 de la Manzana 4, pasan a conforman la “Parcela 6 A, de conformidad con lo expuesto en el exordio”.-

ARTICULO 2°.- Incorpórese al Dominio Privado de la Municipalidad de Chascomús los inmuebles descriptos en el artículo anterior (conf. Art. 236 inc. e) del CC y C).-

ARTICULO 3°.- Dese intervención a la Escribanía General de Gobiernos a los fines de suscribir las escrituras declarativas de dominio a nombre de la Municipalidad de Chascomús y procédase a su posterior inscripción en el Registro Provincial de la Propiedad Inmueble.-

ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Políticas del Hábitat y Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y Cementerio.-

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-