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Decreto Nº132/25

Decreto Nº 132/25

Zárate, 13/03/2025

Visto

EL Decreto N° 45/2025; y

Considerando

Que, mediante Decreto 45/2025 se establece el Programa de Becas para Deportistas de Alto Rendimiento, y se aprueba como Anexo I la Reglamentación de las Becas para Deportistas de Alto Rendimiento, sobre el cual se solicita por las áreas de aplicación la modificación de su artículo 8°, estableciendo una nueva conformación de la Comisión de Becas Deportivas, sugiriendo su texto;

Que, se estima conveniente producir la modificación por sustitución del referido artículo 8° del reglamento de otorgamiento de las becas deportivas creadas por el Decreto 45/2025;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el artículo 8° del Anexo I denominado   “Reglamentación Becas para Deportistas de Alto Rendimiento, del Decreto 45/2025, por el siguiente texto:

“ARTICULO 8°.- Créase la comisión de Becas Deportivas, la cual estará integrada por UN (1) representante de la Secretaría de Desarrollo Humano y Educación, UN (1) representante de la Secretaria de Deporte y Recreación, UN (1) deportista destacado o periodista o periodista deportivo del partido de Zárate, con antecedentes comprobables, convocado por la Secretaria de Deporte y Recreación; y quien tendrá a su cargo las siguientes funciones:

1. Aprobar y/o dar de baja la adjudicación de becas;

2. Evaluar a los solicitantes, de conformación con los antecedentes e informes presentados de cada uno;

3. Notificar en forma fehaciente la condición de becario a los postulantes seleccionados y elevará dicha lista al departamento ejecutivo para llevar adelante el procedimiento administrativo correspondiente;

4. Se evaluará la continuidad de la práctica deportiva y el cumplimiento de los requisitos cada seis (6) meses”.-

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de   Deporte y Recreación, Da. STEFANIA ELIZABETH RODRÍGUEZ SCHATZ.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, tomen conocimiento la Secretaría de  Deporte y Recreación y Secretaría de Economía, publíquese y archívese.-