Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 18755/2025
Tandil, 13/03/2025
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorícese la reserva de espacio para ASCENSO Y DESCENSO en la calle Piedrabuena Nº 231. Beneficiario: PILAR BERNASCONI DNI 54.095.170 - Certificado de Discapacidad Nº 02165404-0 - Ley 22.431.
ARTÍCULO 2º: Los beneficiarios de reservas por discapacidad o sus representantes deberán presentar anualmente por mesa de entrada del Municipio de Tandil, en los diez primeros días hábiles de cada año, Nota dirigida a la Dirección General de Inspección y Habilitaciones solicitando la renovación de la reserva de espacio, acompañando el Certificado de Discapacidad otorgado por la autoridad nacional competente.
ARTÍCULO 3º: El espacio mencionado en el Artículo 1º deberá medir seis (6) metros y será debidamente señalizado constando el número de la presente Ordenanza, así como la exclusividad de su utilización “PARA ASCENSO Y DESCENSO”.
ARTÍCULO 4º: El Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda procederá a la demarcación y señalización correspondiente.
ARTÍCULO 5º: Los gastos que demanden lo establecido en el Artículo 3º serán imputados al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 6º: La presente reserva se encuentra exceptuada del derecho de ocupación del espacio público de pago mensual de acuerdo a lo indicado en la Ordenanza Nº 11296 y su modificatoria Nº 17409, Artículo 3º, inciso a, punto 5 (reserva de espacio para personas con discapacidad).
ARTÍCULO 7º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO.
Registrada bajo el Nº 18755
REF: Asunto Nº 738/2024 Expte. Nº 2024/06066/00
Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)