Boletines/Tandil

Ordenanza Nº18734/2025

Ordenanza Nº 18734/2025

Tandil, 13/03/2025

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Prohíbase el estacionamiento en ambas manos de la calle Vigil al 300 (entre Vicente López y Quintana) y Vigil al 400 (entre Quintana e Int. Dufau), en una distancia mínima de diez (10) metros desde las escalinatas adyacentes a la calle Quintana, a fin de permitir maniobras vehiculares seguras.

ARTÍCULO 2º: Prohíbase el ingreso a la calle Vigil al 300 y al 400 de vehículos de carga y camionetas, entendiéndose por estos aquellos destinados al transporte de mercancías o personas, en capacidad superior a la de un vehículo particular stándar (de acuerdo con la definición de la Ley Nacional de Tránsito 24449, Artículo 5º, inciso a).

Quedan exceptuados de dicha restricción los vehículos de emergencia (ambulancias, bomberos, polícía) y aquellos vehículos autorizados expresamente por la autoridad competente, previa justificación de la necesidad de ingreso.

ARTÍCULO 3º: Dispóngase por el Departamento Ejecutivo, la señalización reglamentaria conforme a lo establecido en los artículos 1º y 2º.

ARTÍCULO 4º: Los gastos que demande la implementación de la presente Ordenanza serán imputados a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.

ARTÍCULO 5º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO.

Registrada bajo el Nº 18734

REF: Asunto Nº 636/2024    Expte. Nº 2024/23690/00

Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.)   -  Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)