Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 18731/2025
Tandil, 13/03/2025
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Incorpórese al listado de moteros y bicicleteros del Artículo 1º de la Ordenanza Nº 11.017 y sus modificatorias, el siguiente:
Avenida Marconi al 1700, vereda par casi esquina Balbín.
ARTÍCULO 2º: El motero mencionado en el Artículo 1º estará ubicado entre la Av. Balbín y el ingreso al establecimiento educativo Instituto Brigadier General Martín Rodríguez, no pudiendo obstaculizar el espacio destinado a sendas peatonales, rampas de discapacitados y cualquier otra obstrucción que pudiera generar inconvenientes de tránsito (vehicular o peatonal). La dimensión del mismo no deberá exceder de cuatro (4) metros de longitud.
ARTÍCULO 3º: El Departamente Ejecutivo a través del Área que corresponda, procederá a la demarcación y señalización del espacio establecido en el Artículo 1º, respetando lo establecido en la Ordenanza Nº 11.017 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 4º: Las erogaciones que demande la implementación de la presente Ordenanza serán imputadas al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 5º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO.
Registrada bajo el Nº 18731
REF: Asunto Nº 31/2025 Expte. Nº 2025/11605/00
Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)