Boletines/Pellegrini
Ordenanza Nº 1884/2025
Pellegrini, 18/02/2025
La Ordenanza Municipal N° 1634/2021 que crea la Zona Comercial Planificada sobre la Ruta Nacional N° 5;
La Resolución N° 0779/22, del Departamento Ejecutivo Municipal, mediante la cual se establece el valor de venta de los lotes del corredor comercial y del sector industrial, ambos ubicados sobre Ruta Nacional N° 5;
La necesidad de modificar la subdivisión de los lotes, a los efectos de su aprobación en el ámbito provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza N° 1634/2021 se crea la Zona Comercial Planificada sobre Ruta Nacional N° 5 y se fijan los procedimientos y los requisitos a cumplimentar por todos aquellos interesados en instalarse allí;
Que a los efectos de poder proceder con la correcta subdivisión de los lotes y posterior escrituración es que debe modificarse su ubicación;
Que no se modifica la cantidad de superficie de los mismos, por lo que el precio continúa siendo el estipulado en su oportunidad.
Que dicha situación, ha sido consentida por los beneficiarios;
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE PELLEGRINI,
sanciona la siguiente:
ORDENANZA N° 1884/2025
ARTICULO 1º: Rectifíquese y modifíquese el Artículo 1° de la Ordenanza N° 1824/2024 (T.O. por la Ordenanza N° 1835/2024) el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Autorícese al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta a favor del Señor Gardón, Roberto Carlos, CUIT N° 20-22250305-2, con domicilio en José Ingenieros N° 196 de la localidad de Pellegrini, y el Señor Digiovanangelo Guillermo, CUIT 20-16847626-5, con domicilio en Urquiza N° 1356 de la localidad de Trenque Lauquen, un lote comercial ubicado en la Zona Comercial Planificada sobre Ruta Nacional N° 5, identificado como lote C 13 , identificado según surge en el croquis obrante en Anexo I de la Ordenanza N° 1634/2021 y sus modificatorias, por la suma de pesos treinta y tres millones seiscientos veintiocho mil ochocientos ($33.628.800,00), en las condiciones fijadas por Ordenanza N° 1634/2021 y sus modificatorias, con destino a la instalación de empresa de transporte y depósito de carga.”
ARTICULO 2º: Comuníquese, dese razón al Departamento Ejecutivo a sus efectos, insértese en el Registro Oficial y cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE PELLEGRINI, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.