Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 2683/18
Nueve de Julio, 03/08/2018
CORDON CUNETA Y BADENES EN CALLE SARALEGUI Y MALVINAS DE LA LOCALIDAD DE DUDIGNAC – COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS ELECTRICOS, OTROS SERVICIOS PUBLICOS Y SOCIALES, DE VIVIENDA Y CREDITO DE DUDIGNAC LTDA. : ADJUDICACION.
Visto
El Expediente Municipal Nº 4082-818/2017 y el presupuesto presentado por la Cooperativa De Provisión de Servicios Eléctricos, Otros Servicios Públicos Y Sociales, de Vivienda Y Crédito de Dudignac Ltda.
Considerando
Que en virtud de lo dispuesto en el Artículo 132 inc c) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, las ejecución de obras públicas podrán realizarse mediante contratación directa cuando resulte adjudicataria una cooperativa.
Que en virtud de lo expuesto, debe dictarse el acto administrativo correspondiente.
Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTICULO 1º: Adjudícase a la Cooperativa De Provisión de Servicios Eléctricos, Otros Servicios Públicos Y Sociales, de Vivienda Y Crédito de Dudignac Ltda, la realización de mano de obra, seguro y maquinarias para ejecución de 10 metros lineales de cordón cuneta en la calle Saralegui y Malvinas de Dudignac y mano de obra, seguro y maquinarias para la ejecución de 2 (dos) badenes por un total de 20 metros lineales y recortes en las esquinas de Saralegui y Malvinas de la localidad de Dudignac. Partido de 9 de Julio, según presupuesto y la descripción de la obra adjuntos en el expediente referenciado en el Visto del presente.
ARTICULO 2º: El costo total de la obra de la obra asciende a pesos cuarenta y siete mil setecientos setenta y cinco con 20/100 ( $ 47.775,20). Este costo total se compone del costo del ítem por cordón cuneta que asciende a la suma de pesos cinco mil ciento dieciocho con 80/100 ($ 5.118,80) y del ítem badenes que asciende a la suma de pesos cuarenta y dos mil seiscientos cincuenta y seis con 40/100 ($ 42.656,40).
ARTICULO 3º: Autorizase la confección del contrato de locación de obra de conformidad al detalle de obra y condiciones especiales obrantes en el expediente.
ARTICULO 4º: El gasto será imputado a Jurisdcción 1110113000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Actividad Programática 27-94-00, FMI, del presupuesto de gastos vigente.
ARTICULO 5: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos.
ARTICULO 6º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.