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Decreto Nº2347

Decreto Nº 2347

Bolivar, 30/12/2024

Visto

La Ordenanza Nº 2862/22 por la cual se aprueba el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2023, y el Decreto Nº 1/2024 en el marco del Artículo Nº 192º inciso 5º) de la Constitución Provincial, y Artículos Nº37 y Nº 116 de la Ley Orgánica de la Municipalidades, que prorrogó para el año 2024, el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2023, y;

Considerando

Que el Artículo 13º de la mencionada norma autoriza al Departamento Ejecutivo con carácter general y dentro del ejercicio, a realizar transferencias y compensaciones de créditos y creaciones de partidas, siempre que las mismas conserven economías para cubrir las necesidades presupuestarias vigentes y a practicar directamente las ampliaciones o creaciones de partidas que se financien con recursos propios, respetando el destino de los mismos;

Que durante la ejecución del Presupuesto Ejercicio 2024, se han producido excesos en distintas partidas y gastos no previstos, los que deberán ser compensados con créditos suficientes de otras partidas en el marco del Artículo 13º antes mencionado;

Por ello,

LA INTENDENTA MUNICIPAL INTERINA DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Créase partidas  en el Presupuesto de Gastos vigente por un monto total de cinco millones seiscientos treinta y dos mil setecientos ochenta y siete con 50/100.- ($ 5.632.787,50); con fuentes de financiamiento: 110 – Tesoro Municipal; según informe de Contaduría Municipal que se adjunta y forma parte del presente.-

Artículo 2º: Ampliase partidas del Presupuesto de Gastos vigente por un monto de pesos un mil cuatrocientos ochenta y nueve millones setecientos cuarenta y nueve mil seiscientos dieciocho con 46/100.- ($ 1.489.749.618,46.-); con fuentes de financiamiento: 110 – Tesoro Municipal; según informe de Contaduría Municipal que se adjunta y forma parte del presente decreto.-

Artículo 3º: Las Creaciones y Ampliaciones de partidas del Presupuesto de Gastos mencionados en los artículos precedentes se financiarán con créditos de partidas del mismo presupuesto por un monto de pesos un mil cuatrocientos noventa y cinco millones trescientos ochenta y dos mil cuatrocientos cinco con  96/100.- ($ 1.495.382.405,96.-), con fuentes de financiamiento: 110 – Tesoro Municipal; según informe de Contaduría Municipal que se adjunta y forma parte del presente Decreto.-

Artículo 4º: Tomen conocimiento, Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería, y demás oficinas que considere corresponder,  a efectos de su fiel cumplimiento.-

Artículo 5º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Artículo 6º: Notifíquese, Comuníquese, dese al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.

Anexos