Boletines/Bolivar
Decreto Nº 2341
Bolivar, 30/12/2024
Visto
La presentación realizada por el “Sindicato de Luz y Fuerza de Mercedes Buenos Aires”, solicitando se lo exima de la obligación de abonar el importe de tasas previstas en la Ordenanza Fiscal vigente, y;
Considerando
Que la Ordenanza Fiscal N° 2938/24 para el ejercicio 2024 contempla exenciones a diversas tasas municipales;
Que en este sentido la solicitud de eximición de tasas deben renovarse anualmente, debiendo ser presentadas en el primer trimestre del año;
Que el contribuyente se encuentra en condiciones de requerir la eximición de tasas municipales habiendo cumplimentado con los recaudos establecidos en la Ordenanza citada en primer término;
Que el pedido obrante responde a la difícil situación económica que atraviesa la Institución antes mencionada;
Que la eximición de tasas solicitada corresponde aplicarse a los siguientes Padrones y Nomenclaturas Catastrales:
NOMENCLATURA CATASTRAL
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PADRON |
Circ. I – Sec. A – Manz. 41 – Part. 1G |
5621/00 |
Que han tomado intervención de su competencia la Secretaria de Gobierno, Secretaria de Hacienda, la Oficina de Catastro y Dirección de Rentas;
Por ello,
LA INTENDENTA MUNICIPAL INTERINA DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Exímase en un cien por ciento (50%) del pago de las siguientes tasas: Alumbrado Público, Conservación de la Vía Pública, Servicios Sanitarios, Salud y Monitoreo, al contribuyente ”Sindicato de Luz y Fuerza de Mercedes Buenos Aires”, con arreglo a lo dispuesto en la Ordenanza N° 2938/24.
Artículo 2º: La exención dispuesta por el artículo 1° se extiende desde el 1 de enero de 2024 al 31 de Diciembre del año 2024.-
Artículo 3°: Tomen conocimiento Secretaria de Hacienda, Contaduría, Cómputos y Dirección de Rentas a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.
Artículo 5°: Notifíquese, comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.